El asunto es que eso no tiene nada que ver con que se prorrogue o no el estado de alarma.
A mi empresa le han concedido una petición de ERTE en base a una situación sociosanitaria, no a una figura legal gubernamental. Y el que cambie el estatus de "estado de alarma" no implica la anulación automática del ERTE. En algún momento es de suponer que las autoridades considerarán que las condiciones generales ya no son esas, y dirán que se cierra ese grifo. Pero será por consideración de los organismos de trabajo en base a que ya no se de sa situación socioeconómica, no como una respuesta automática a que no se renueve el estado general de emergencia.
Y en cualquier caso, lo que sucederá en ese momento es que yo volveré a tener las mismas obligaciones que antes hacia mis trabajadores. Otra cosa es que después de eso mi empresa vaya a seguir en un estado inviable, y tenga que solicitar otro ERTE, o ERE, o lo que sea. Pero será OTRO, y lo concederán solo si es que se da el caso de mi empresa realmente lo justifica.