Pegat dgt donde la poneis

En madrid yo conozco a DOS personas que han recurrido, y no tenido que pagar, esa multa por infracción leve. Y a gente que posteriormente han sido "advertidos" por agentes... pero no multados.
Yo también conozco a varias personas a las que les han quitado multas de aparcamiento (a mi, por ejemplo), o de velocidad, pero eso no quiere decir que si aparcas mal o superas el límite de velocidad no te puedan multar. Habría que ver el contexto de esos recursos, el por qué de las sanciones, etc.

Un ejemplo, si te multan por circular por Madrid 360 por "no tener distintivo medioambiental", y re curres porque tu moto es eléctrica, ganas el recurso. Otra cosa sería que te multaran por "no exhibir distintivo medioambiental". Ahí es probable que no lo ganes. La diferencia es sutil, pero suficiente.

Un saludo.
 
Yo también conozco a varias personas a las que les han quitado multas de aparcamiento (a mi, por ejemplo), o de velocidad, pero eso no quiere decir que si aparcas mal o superas el límite de velocidad no te puedan multar. Habría que ver el contexto de esos recursos, el por qué de las sanciones, etc.

Un ejemplo, si te multan por circular por Madrid 360 por "no tener distintivo medioambiental", y re curres porque tu moto es eléctrica, ganas el recurso. Otra cosa sería que te multaran por "no exhibir distintivo medioambiental". Ahí es probable que no lo ganes. La diferencia es sutil, pero suficiente.

Un saludo.

Ambas eran multas por no llevar el distintivo en un coche y una moto que supuestamente debían llevarlos. Y en ambas la razón de recusión fué decir que tráfico establece que no es oblgatorio y no existe marco legal para multar por eso.

En ambos casos en teoría el asunto empezó con "los coches sin etiqueta no pueden circular" - "mi coche tiene etiqueta aunque no la lleve puesta, y si no compruebe en el ordenador" - "Es verdad que el ordenador dice que puede pero le multo igual por no llevarla".

Que un agente madrileño decide impedirte el paso y decirte que te des la vuelta? Pues podría. (y yo podría ir al cruce siguiente y entonces pasar...) Y si tu intentas pasar por encima del guardia entonces si podría multarte por resistirte, desobedecer indicaciones y cosas así. Pero no puramente por no llevar el distintivo.
 
La pegatina es porque es más barato que cada uno la ponga que darle una PDA a cada guripa.

Yo la llevo, igual que la de la ITV igual que llevo los tubos de fábrica.

No quiero que me paren, me pidan papeles, me hagan soplar, vaciar los bolsillos, control de drogas... prefiero hacer fuego y que no se vea el humo
 
Ambas eran multas por no llevar el distintivo en un coche y una moto que supuestamente debían llevarlos. Y en ambas la razón de recusión fué decir que tráfico establece que no es oblgatorio y no existe marco legal para multar por eso.

En ambos casos en teoría el asunto empezó con "los coches sin etiqueta no pueden circular" - "mi coche tiene etiqueta aunque no la lleve puesta, y si no compruebe en el ordenador" - "Es verdad que el ordenador dice que puede pero le multo igual por no llevarla".

Que un agente madrileño decide impedirte el paso y decirte que te des la vuelta? Pues podría. (y yo podría ir al cruce siguiente y entonces pasar...) Y si tu intentas pasar por encima del guardia entonces si podría multarte por resistirte, desobedecer indicaciones y cosas así. Pero no puramente por no llevar el distintivo.
No dudo de tu palabra, pero falta mucho contexto.
Extraigo esto de la web de la DGT:
1656048755821.png
Como ves, anteponen las ordenanzas a sus indicaciones (no puede ser de otra manera, y menos habiendo un BOE que lo deja en manos de cada administración).

En fin, es tú palabra contra el BOE, las ordenanzas de Madrid y la DGT. Cada cual que se quede con lo que crea conveniente.

Un saludo
 
En mi harley no me pertenece al ser apestosa, pero si se la pondría y me quitaría de dolores de cabeza.... que es grande y fea de cajones pues si....que parece una galleta también.
Pero eso años de rebeldía ya pasaron jajajaja y pasó de que me follen.
 
No dudo de tu palabra, pero falta mucho contexto.
Extraigo esto de la web de la DGT:
Ver el archivo adjunto 76933
Como ves, anteponen las ordenanzas a sus indicaciones (no puede ser de otra manera, y menos habiendo un BOE que lo deja en manos de cada administración).

En fin, es tú palabra contra el BOE, las ordenanzas de Madrid y la DGT. Cada cual que se quede con lo que crea conveniente.

Un saludo

NO es mi palabra contra la del BOE.

Primero que eso que citas no es un texto del BOE, es una interpretación informativa en una web.

Y segundo que ya te he dicho por triplicado que si, que pueden exigir, limitar, y lo que tu quieras. Lo que no pueden es SANCIONAR.

Yo te puedo enseñar las diferentes leyes donde regulan la capacidad sancionatoria por las zonas azules, por los aparcamientos regulados municipalmente, los recargos por no pagar el IVTM, etc. No el que puedan o no los ayuntamientos "definirlas", si no lo que pueden multar o cobrar. A ver si encuentras tu el BOE donde se establezca la equiparación o definición de sanciones por ello y si lo encuentras me lo cuentas.
 
NO es mi palabra contra la del BOE.

Primero que eso que citas no es un texto del BOE, es una interpretación informativa en una web.

Y segundo que ya te he dicho por triplicado que si, que pueden exigir, limitar, y lo que tu quieras. Lo que no pueden es SANCIONAR.

Yo te puedo enseñar las diferentes leyes donde regulan la capacidad sancionatoria por las zonas azules, por los aparcamientos regulados municipalmente, los recargos por no pagar el IVTM, etc. No el que puedan o no los ayuntamientos "definirlas", si no lo que pueden multar o cobrar. A ver si encuentras tu el BOE donde se establezca la equiparación o definición de sanciones por ello y si lo encuentras me lo cuentas.
Eso está en las ordenanzas. Por favor, mira el mensaje número 37 del hilo. Ahí tienes todo eso que buscas.
El no llevar el distintivo está considerado infracción leve, se multa con 100€.
 
Eso está en las ordenanzas. Por favor, mira el mensaje número 37 del hilo. Ahí tienes todo eso que buscas.
El no llevar el distintivo está considerado infracción leve, se multa con 100€.

Rcacho, es muy simple, lo dice en una ordenanza MUNICIPAL. Pero el que un ayuntamiento ponga en su ordenanza municipal algo no implica que sea acorde a derecho. Y mientras las normas de tráfico (u otras leyes) no le reconozcan a los ayuntamientos la capacidad de sancionar sobre esa pegatina, no la tienen.

Las ordenanzas municipales decían que los vigilantes podían poner multas por aparcar en zona azul... hasta que alguien denunció, llegó a un juzgado, y el juez dijo que de acuerdo con la ley solo un agente de policía podía multar.

Las ordenanzas municipales decían que tenías que pagar todas las multas pendientes para llevarte el coche de la grua... hasta que alguien denunció, llegó a un juez, y el juez dijo que un ayuntamiento no era quien para hacer ejecutivos embargos sobre vehículos.

Las ordenanzas municipales hacían y deshacían manejes en sus PGOUs... hasta que llegaron los gobiernos autonómicos y les recordaron que las recalificaciones de terrenos no eran asunto suyo si no competencia autonómica.

Que si mañana a ti te ponen una multa por "no llevar el distintivo" y la pagas? Pues nada, págala y eso que perderás. Pero yo voy con mi moto con nivel de contaminación C, pero sin pegatina visible, y si se tercia estas vacaciones circularé por todas las zonas donde me esté permitido en madrid, barcelona o gijón si se da la casualidad de que voy. Y respetaré esas zonas por que hay leyes nacionales y europeas que le dan la capacidad a los ayuntamientos tanto para regular los accesos como para sancionar la circulación por zonas que han decidido limitar.

Pero si viene un municipal y me multa no por circular por donde no puedo, si no por ir sin pegatina me llevaré el papelito de recuerdo, y luego haré un pliego de descargo. Y si me intentan cobrar por la fuerza, los denunciaré. Y me dará igual lo que diga una ordenanza municipal por que el que un ayuntamiento decida en un pleno poner en su ordenanza que me van a cobrar por llevar pantalones cortos no implicará que tengan derecho a cobrarme. Ni por no llevar una pegatina que la ley dice que no es obligatorio llevar.
 
Rcacho, es muy simple, lo dice en una ordenanza MUNICIPAL. Pero el que un ayuntamiento ponga en su ordenanza municipal algo no implica que sea acorde a derecho. Y mientras las normas de tráfico (u otras leyes) no le reconozcan a los ayuntamientos la capacidad de sancionar sobre esa pegatina, no la tienen.

Las ordenanzas municipales decían que los vigilantes podían poner multas por aparcar en zona azul... hasta que alguien denunció, llegó a un juzgado, y el juez dijo que de acuerdo con la ley solo un agente de policía podía multar.

Las ordenanzas municipales decían que tenías que pagar todas las multas pendientes para llevarte el coche de la grua... hasta que alguien denunció, llegó a un juez, y el juez dijo que un ayuntamiento no era quien para hacer ejecutivos embargos sobre vehículos.

Las ordenanzas municipales hacían y deshacían manejes en sus PGOUs... hasta que llegaron los gobiernos autonómicos y les recordaron que las recalificaciones de terrenos no eran asunto suyo si no competencia autonómica.

Que si mañana a ti te ponen una multa por "no llevar el distintivo" y la pagas? Pues nada, págala y eso que perderás. Pero yo voy con mi moto con nivel de contaminación C, pero sin pegatina visible, y si se tercia estas vacaciones circularé por todas las zonas donde me esté permitido en madrid, barcelona o gijón si se da la casualidad de que voy. Y respetaré esas zonas por que hay leyes nacionales y europeas que le dan la capacidad a los ayuntamientos tanto para regular los accesos como para sancionar la circulación por zonas que han decidido limitar.

Pero si viene un municipal y me multa no por circular por donde no puedo, si no por ir sin pegatina me llevaré el papelito de recuerdo, y luego haré un pliego de descargo. Y si me intentan cobrar por la fuerza, los denunciaré. Y me dará igual lo que diga una ordenanza municipal por que el que un ayuntamiento decida en un pleno poner en su ordenanza que me van a cobrar por llevar pantalones cortos no implicará que tengan derecho a cobrarme. Ni por no llevar una pegatina que la ley dice que no es obligatorio llevar.
Totalmente de acuerdo con lo que dices, salvo por el detalle de que, en este caso, sí está amparado por el BOE.

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Pero nada, cuando te multen, te lleves el papelito de recuerdo, hagas el pliego de descargo, recuerda que igual podías haber pagado 50€ en vez de 100.

Un saludo y buenas vacaciones.
 
Totalmente de acuerdo con lo que dices, salvo por el detalle de que, en este caso, sí está amparado por el BOE.

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Pero nada, cuando te multen, te lleves el papelito de recuerdo, hagas el pliego de descargo, recuerda que igual podías haber pagado 50€ en vez de 100.

Un saludo y buenas vacaciones.

Te lo dije ya, pero igual pasó desapercibido.

El que se les reconozca el derecho a "establecer obligatoriedad" no implica que se les reconozca la capacidad de sancionar un incumplimiento. Legalmente son dos cosas muy distintas.

En base a esa definición del BOE un ayuntamiento podría, por ejemplo, decir que si no llevo la pegatina no puedo circular (y si circulo... multarme por ello). O un municipal que me pare a la entrada de la ciudad decirme "se tiene que dar Vd. la vuelta y no lo dejo entrar sin pegatina". Pero NO multarme solo por la puta pegatina.
 
En base a esa definición del BOE un ayuntamiento podría, por ejemplo, decir que si no llevo la pegatina no puedo circular (y si circulo... multarme por ello). O un municipal que me pare a la entrada de la ciudad decirme "se tiene que dar Vd. la vuelta y no lo dejo entrar sin pegatina". Pero NO multarme solo por la puta pegatina.
Esta última frase no la acabo de comprender, un ayuntamiento puede multarte por circular sin llevar la pegatina, pero no puede multarte por no llevar la pegatina...

¿Y desde cuándo una normativa (sea la que sea) tiene capacidad para establecer obligatoriedad pero no sancionar por ir contra la normativa? Otra cosa es quién tiene competencias para según qué cosas, sancionar o denunciar, o incluso ser considerado autoridad y en según qué ámbitos)

Y además, ojo, que la ordenanza dice circular o estacionar. No vale alegar que tu moto estaba allí porque llegó en grúa.
 
Esta última frase no la acabo de comprender, un ayuntamiento puede multarte por circular sin llevar la pegatina, pero no puede multarte por no llevar la pegatina...

¿Y desde cuándo una normativa (sea la que sea) tiene capacidad para establecer obligatoriedad pero no sancionar por ir contra la normativa? Otra cosa es quién tiene competencias para según qué cosas, sancionar o denunciar, o incluso ser considerado autoridad y en según qué ámbitos)

Y además, ojo, que la ordenanza dice circular o estacionar. No vale alegar que tu moto estaba allí porque llegó en grúa.

justamente ese es el asunto... que una cosa es la competencia para regular el tráfico, y otra la competencia para definir sanciones.

Las normativas de acceso, tal y como las están definiendo los ayuntamientos, no dicen "solo podrá accederse con vehiculos con pegatina". Dicen "solo podrá circularse con vehiculos que tengan tal o cual nivel".

Si el propio concepto de circular lo definieran condicionado por la pegatina visible, y no por la condición del vehículo podrían eventualmente multarte. Pero no por llevar o no llevar, si no por circular (la misma multa que ahora pueden ponerte por circular con un vehículo contaminante). Por que SI tienen capacidad sancionadora por circular indebidamente.

Pero como lo definen como otro concepto separado, por un lado hablando de los coches que pueden circular en tales o cuales zonas, y por otro hablando de la obligación de pegatinarte....

Que está claro que todo esto es como todas esas cosas que yo citaba antes que duraron hasta que alguien dijo "va a ser que no", un simpático aprovechar rio revuelto para pescar multas por despiste, una cosa que los ayuntamientos siempre intentan apañar para ayudar a llegar a fin de mes. Y que durará hasta que le quieran tocar el bolsillo a alguien a quien le sobre el tiempo y el dinero, llegue lo bastante arriba en la cosa judicial y una sentencia diga "no... y que no haya más de estas". Por que la realidad honesta es que esas pegatinas solo sirven para gastar un poquito más de plástico contaminante, y ni un coche contamina más o menos por llevarlas, ni a un policía le hace falta para nada verlas para saber si un coche es de un tipo u otro.
 
Si el propio concepto de circular lo definieran condicionado por la pegatina visible, y no por la condición del vehículo podrían eventualmente multarte. Pero no por llevar o no llevar, si no por circular (la misma multa que ahora pueden ponerte por circular con un vehículo contaminante). Por que SI tienen capacidad sancionadora por circular indebidamente.

O sea, que me estás dando la razón... En el extracto de la ordenanza que ya puse, dice que los vehículos que puedan circular por las ZBE deben exhibir el distintivo. Por tanto, no llevarlo puesto, es circular indebidamente y motivo de sanción.
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O sea, que me estás dando la razón... En el extracto de la ordenanza que ya puse, dice que los vehículos que puedan circular por las ZBE deben exhibir el distintivo. Por tanto, no llevarlo puesto, es circular indebidamente y motivo de sanción.

No te estoy dando la razón. Existe una diferencia de bulto entre decir "un vehículo tiene que tener pegatina visible para poder circular" y decir "todo vehículo que circule tendrá que tener pegatina visible".

La parte de las normativas en las que dice cuando se puede y no se puede circular es otra, y en esa no hablan de la pegatina que lleves, si no de tus circunstancias contaminantes.

Por eso plantean multas "por no llevar pegatina". Si la normativa te impidiera circular no te multarían por no llevar pegatina, te multarían por circular por un espacio restringido.

Si como tu planteas fuera lo mismo... no podrían multar por circular a vehículos que no tienen derecho a pegatina.

Tenemos un caso paralelo con la historia de las pegatinitas de ITV. Una cosa es multarte por no haber pasado la ITV, y otra multarte por no llevar la pegatinita que indica que lo has pasado. Aunque ahí SI hay marco legal por que la norma de tráfico dice que la pegatina es un elemento oblogatorio, y establece multas por no llevar elementos obligatorios.
 
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