Efímero
FH SUPPORTER
Nos puede pasar a cualquiera, así es que ojo al dato.
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Entonces, por lo que he entendido:Cualquiera sabe lo que ha pasado o cómo estaban de quemados los picoletos. Porque es posible que se hayan hartado de advertirlo en infinidad de ocasiones y la peña no les hace ni puto caso.
La verdad es que esa carretera es alucinante.
Cualquiera sabe lo que ha pasado o cómo estaban de quemados los picoletos. Porque es posible que se hayan hartado de advertirlo en infinidad de ocasiones y la peña no les hace ni puto caso.
La verdad es que esa carretera es alucinante.
Entonces, por lo que he entendido:
1. La carretera mola y es concurrida para rutas.
2. Hay unas vistas cojonudas.
3. Hay una zona donde se puede salir sin riesgos para disfrutar del paisaje.
4. No puedes salir pq hay una línea continua, y los GC lo saben y lo dicen hasta que se cabrean y aprovechan para multar.
No se, yo montana una recogida de firmas y montaba follón para que en ese punto hicieran un mirador.
En eso, concorde.Ya, ya... Pero vamos, una cosa no quita la otra. Si ahí se hace un mirador, la salida sería más cómoda y los riesgos de pinchazos menos ^_^'
Entonces, por lo que he entendido:
...
4. No puedes salir pq hay una línea continua, y los GC lo saben y lo dicen hasta que se cabrean y aprovechan para multar.
...
Si se ponen en el plan que nos ocupa, te multarán, e in situ no podrás hacer nada.Ah, bueno... Porque lo ha dicho la GC y no lo vas a discutir, q con la ley mordaza aun te acusan de atentado terrorista islámico contra la autoridad.
Eso no es del todo cierto. A mi me pusieron una multa por no llevar el papel del seguro y solo pude enseñar el anterior que estaba vencido por 3 días (aunque estas cubierto durante 1 mes más), ya que aun no me había llegado el nuevo.Luego, al recurrir la multa te la condonaran, dado que no procede al no haber infracción alguna con el código en la mano.
Lo que no hay que caer es en el pronto pago. Ahí ya no podrás recurrirla.
En este caso hablamos del hecho de haber rebasado la línea continua del arcén, no sobre parar o estacionar en el mismo.Como normal general no se podrá parar ni estacionar en el arcén transitable de una vía fuera de poblado. Sí lo podremos hacer como excepción en el arcén de las travesías dentro de poblado, siempre que el arcén sea practicable y pavimentado y no haya señal vertical que lo prohíba.
Resumiendo, se puede parar y estacionar en el arcén de una travesía porque está DENTRO DE POBLADO.
Pues por vía de justicia. Esa denuncia no tenía razón de ser. Habría que pelearla hasta el final.Eso no es del todo cierto. A mi me pusieron una multa por no llevar el papel del seguro y solo pude enseñar el anterior que estaba vencido por 3 días (aunque estas cubierto durante 1 mes más), ya que aun no me había llegado el nuevo.
Por más que discutí que no tenía la obligación de llevarlo y ellos si tenían la de consultarlo telematicamente. Multa al canto.
En la DGT de Guadalajara se cagaron en el GC y no entendían su estupidez. Me ayudaron a presentar el recurso y me comentaron que en máximo 2 semanas estaba todo resuelto.
Estuve peleando y recurriendo casi 2 años y al final perdí y me quitaron la pasta.
La explicación es que supuestamente en última instancia es el GC que te pone la multa el que se tiene que desdecir, y si no lo hace, da lo mismo la razón que tengas, no te la quitan y solo te queda denunciar vía justicia.
Es el único punto discutibleEn este caso hablamos del hecho de haber rebasado la línea continua del arcén, no sobre parar o estacionar en el mismo.
Transitable se refiere al hecho de que se pueda hacer uso de él, para transitar en caso de necesidad, no de que sea un paso de personas. De hecho es transitable cuando tiene cierto ancho, pavimento y cosillas así.Además, habla de "arcén transitable", con lo cual es lógico que no esté permitido parar por parar, o peor aún, estacionar.
Está claro que el único motivo por el que se puede transitar el arcén es por necesidad, cuestión que en el vídeo queda más que obvia no se dio.También dice, "como norma general". En caso de un imprevisto, avería, pinchazo, etc. no te quedaría otra que hacer uso del arcén, y nadie debería multarte por ello, ya que no está considerado como parar o estacionar. No estás parado por gusto, poniendo tu vida y la de los demás en peligro, sino por algo ajeno a tu voluntad.