A cuenta de los papeles de la moto

Siento decirte que NO es como dices tiene ese NIVEL JURÍDICO del que hablas. Y me refiero a nivel de documentoscopia. ( Se precisa ser perito, y eso, el Notario, puede o no serlo, pero no por el hecho de ser Notario)).
SI así fuera, se contemplaria en la Ley de Procedimiento Administrativo ( salvo que haya cambiado).
Un saludo
No me has entendido compañero, la copia notarial tiene el mismo valor que el documento original “Del que procede dicha copia” , ni mas ni menos. El Notario debe tener el “original” en su presencia y no es que compare la copia “que tu le traes” con el original, no, hace la copia el mismo y da fe de que esa copia es exactamente igual al documento de origen que tiene delante de el. Y sobre la “validez” del documento de origen el Notario “NI ENTRA NI SALE” (no es su labor) es decir que si el documento de origen “es valido”, la copia notarial también lo será “al mismo nivel”, y si el documento de origen no fuera valido o fuera falso, la copia notarial tampoco tendría efectos legales obviamente, así de sencillo. Y lo dicho, la validez de una copia notarial obviamente de un documento original y valido (que es de lo que hablamos) es la misma en un procedimiento administrativo y judicial y en cualquier ámbito y rincon dentro de las fronteras españolas. La única forma de atacar la validez de una copia notarial no es atacar dicha copia, sino atacar la validez del propio documento de origen del que procede, y si dicho documento de origen no produce efectos legales ... la copia notarial exacta obviamente tampoco, pero si el documento de origen tiene efectos legales la copia notarial también. Tal cual.
 
No me has entendido compañero, la copia notarial tiene el mismo valor que el documento original “Del que procede dicha copia” , ni mas ni menos. El Notario debe tener el “original” en su presencia y no es que compare la copia “que tu le traes” con el original, no, hace la copia el mismo y da fe de que esa copia es exactamente igual al documento de origen que tiene delante de el. Y sobre la “validez” del documento de origen el Notario “NI ENTRA NI SALE” (no es su labor) es decir que si el documento de origen “es valido”, la copia notarial también lo será “al mismo nivel”, y si el documento de origen no fuera valido o fuera falso, la copia notarial tampoco tendría efectos legales obviamente, así de sencillo. Y lo dicho, la validez de una copia notarial obviamente de un documento original y valido (que es de lo que hablamos) es la misma en un procedimiento administrativo y judicial y en cualquier ámbito y rincon dentro de las fronteras españolas. La única forma de atacar la validez de una copia notarial no es atacar dicha copia, sino atacar la validez del propio documento de origen del que procede, y si dicho documento de origen no produce efectos legales ... la copia notarial exacta obviamente tampoco, pero si el documento de origen tiene efectos legales la copia notarial también. Tal cual.
Te he entendido perfectamente. Y vienes a decir lo que digo: Estamos hablando de SI VALE o o NO VALE una "compulsa" Notarial.
Y estamos hablando de NO LLEVAR el ORIGINAL. SI planteamos que el original NO ES válido por lo que sea, obviamente, no puedes llevar la copia ( o si, con las consecuencias que sabemos).
Por eso, las compulsas las hacen los Organismos que lo emiten.
Pero bueno, cada uno...
Creo que entre los dos, lo hemos aclarado.
Un saludo.
 
Te he entendido perfectamente. Y vienes a decir lo que digo: Estamos hablando de SI VALE o o NO VALE una "compulsa" Notarial.
Y estamos hablando de NO LLEVAR el ORIGINAL. SI planteamos que el original NO ES válido por lo que sea, obviamente, no puedes llevar la copia ( o si, con las consecuencias que sabemos).
Por eso, las compulsas las hacen los Organismos que lo emiten.
Pero bueno, cada uno...
Creo que entre los dos, lo hemos aclarado.
Un saludo.
Si bueno, con el matiz de la validez jurídica “erga omnes” que se dice de la copia notarial al igual que el documento original. Obviamente yo hablo de copias notariales sobre documentos originales validos (que también los hay originales no validos sin tener que ser falsos). Tu llevas tu documentación original y valida al Notario te hace la copia y eso va a misa frente a cualquiera. Porque si nos ponemos a rizar el rizo tendríamos que ir todos a trafico no ya para que nos compulsen la copia de nuestra documentación original, sino únicamente para saber si nuestra documentación ha sido emitida por dicho organismo y es valida, no vaya ser que sea falsa. Yo (como todos) presupongo que la mia es correcta y por ello la copia notarial también.
 
Yo esa movida de los notarios no la veo clara, la veo como hacer el cambio de nombre a través de una gestoría, tienes que ir primero a ver lo que te piden, luego otra vez a llevar documentos y credenciales y una tercera vez a recoger los papeles, todo esto en vez de ir a tráfico una sola vez y dejarlo todo solucionado del tirón, mucho más rápido y mucho más barato además de mucho más seguro, en tráfico uno entrega los papeles y el otro el dinero bajo la supervisión de unos cuantos GC. ¿De verdad sale mucho más barato pagar a un notario que sacar un duplicado? Ojo, cuando digo duplicado no digo fotocopia, digo un papel original igual de legal.
¿Qué problema hay con esto?
http://revista.dgt.es/es/tramites/2...e-circulacion-por-internet.shtml#.XuR_TpYhWic
 
Yo ya me los he tatuado en el prepucio y lo voy a llevar a compulsar a tráfico.
Espero que me toque una guardia civila...
Te toque lo que te toque, te echaremos de menos.

Bueno, creo que si te portas bien te dejan unos minutos de internet de cuando en cuando o incluso más si vas enseñando la documentación al que te la pida. :cool:
 
Pues hay novedades del tema: parece ser que la ACE (Asociación de Circuncidados Españoles) ha decidido poner el grito al cielo: AQUÍ mas info.

A saber:
1. Hay que llevar el carnet.
2. Permisos de la APP.

Salud!
 
Lo que no entiendo es como seguimos viviendo en el S.XIX
A través de la matrícula saben todo de la moto, si tienes los pagos de circulación y seguro en regla... con llevar dni y carnet de conducir (o ni eso) ya deberían tener acceso a todo. Si estamos fichadísimos por todas partes...
Eh, pero que conste que no soy un revolucionario antisistema, soy un clásico y lo sigo llevando todo encima
 
Buena idea, pero como dice Fot si hay sitio para el movil hay sitio para los papeles, aunque admito que la cartera donde llevo los papeles solo entra en un bolsillo tipo interior de chaqueta.
A modo anecdótico, hace un par de días conocí a un tio que me contó que llevaba los papeles debajo de la "bandera" o pegata de la espalda de la chaqueta, como si fuese un mega bolsillo. Yo me descojonaba, pero la idea es buena!!!
 
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