fuel&tattoos
Moderador de la Bética
Yo le quemo el coche y santas pascuas.....
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Seria valida como refuerzo de lo que la propia persona que graba percibe por si misma en el momento y de forma ocasional. Si llegara a reconocerse ademas en un juicio que se coloco en via publica con la intencion de grabar a un individuo identificable podriamos tener un serio problema con la Agencia de Proteccion de Datos.
Mi consejo es que aparques la moto durante una temporada en el garaje en vez de en la calle, así el individuo ya no podrá dañar la moto.
Cualquier otra solución siempre puede acabar mal.
La gran cuestión es ¿como narices se pronuncia tu nick?...artiendose_de_risaartiendose_de_risaartiendose_de_risaartiendose_de_risa
Siento disentir compañero (de profesion) Neo Solo, pero en mi opinion ninguna ...... (tengo que cortar lo ciento pero no cabe).
Thor, no digo que en el caso del amigo de tu amigo no haya sido una falta (que no delito de falta) en cuyo caso la pena es poco mas que una multa de aparcamiento (normalmente), pero cada caso es un mundo, no es lo mismo la tipica bronca callejera sin pretension de ir mucho mas alla (que te rajo, que te doy dos hostias, etc) que grapar a un tio del cuello (ya hay violencia) y decirle muy seriamente y precisamente para cumplir el objetivo "como vuelvas a ...... te voy a matar". Es como todo, una hostia en la cara con resultado de un ojo morao es una falta, pero la misma hostia, exactamente la misma, le pillas la nariz de lao y se la rompes o le abres una brecha que necesite cuatro o cinco puntos de sutura, y el tema ya es un delito en toda regla.