quien a comprado un screamin eagle en un CONCESIONARIO?

Hola yo tengo un presupuesto de hace 4 meses de un conce en el que me venden las colas esas que imitan las screaming eagle, os vale? O solo valen facturas?

Motojazz
 
Por cierto hablar de alguien que pidio voluntariamente se le baneara del foro por no estar de acuerdo con vuestra politica me parece poco etico y moral,entre otras cosa por que no os pude constestar.

Hola templario.
Asi que segun TU MISMO.... eres Excalibur con otro nombre.........pidio voluntariamente se le baneara del foro por no estar de acuerdo con vuestra politica me parece poco etico y moral,entre otras cosa por que no os pude constestar

hay que ser mas que tonto para hablar en primera persona.
Asi que pides que te baneen (VOLUNTARIAMENTE) luego rompes vestiduras....... y con dos copazos de mas te delatas??..........no os pude constestar
NO ERES MAS TONTO PORQUE NO TE ENTRENAS.
 
Hombre , igual quería poner no lo puede , aunque el subconsciente a veces traiciona y tanta homogeneidad en los comentarios de ambos...
 
Me piro...esto empieza a acojonarme...¿puede haber entre nosotros (aunque alguien diga que no) tíos que se contestan en el foro así mismo llamándose de usted como demuestra Crowley, y que son el mismo como descubre Grows?...... me supera ¿tira de los hilos en puto graño?...."en ocasiones veo muertos" os acordáis de la peli? El sexto sentido; o simplemente es otro que ha cogido la linde.....:uohhh::uohhh::uohhh:
 
¿Vaya , se puede hacer uno un clon para darse jabón y para echar de menos la propia ausencia y nadie me lo había dicho?
XDDD
 
Hola templario.
Asi que segun TU MISMO.... eres Excalibur con otro nombre.........pidio voluntariamente se le baneara del foro por no estar de acuerdo con vuestra politica me parece poco etico y moral,entre otras cosa por que no os pude constestar

hay que ser mas que tonto para hablar en primera persona.
Asi que pides que te baneen (VOLUNTARIAMENTE) luego rompes vestiduras....... y con dos copazos de mas te delatas??..........no os pude constestar
NO ERES MAS TONTO PORQUE NO TE ENTRENAS.

Si yo fuera Excalibur no te hubiera contestado "no os puede contestar",entre otras cosa por que el pidió su autobaneado y efectivamente no solo que "no" soy Excalibur,si no que los insultos de un piiiiiiiiiiii escondiéndose detrás de un ordenador me los paso por el forro de los piiiiiiiiiiii PIIIIIIIII,que no eres mas piiiiiiiiiiii por que ya no quedaban mas diplomas el día que naciste.
Ahora tu insultas y yo te replico con otro insultos....¿Te vas a autobanear,o me banearas a mi por insultar a un moderador,que no solo no modera,insulta y aplica tecnicas propias de sindicatos verticales franquistas?
 
Última edición por un moderador:
Creo que seguir con las tecnicas de sindicatos verticales no os va a servir de nada,por que o no lo quereis entender o pretendeis "Confundir al personal"
Ya os he dado una solucion.Vais a un concesionario,comprais un escape o un filtro pedis factura y se lo presentais ante un juez,el cual llamara a un perito ingeniero el cual dira que la venta y montaje de esos accesorios no es ilegal y no necesitan estar homologados.La homologacion le corresponde a posteriori al propietario de la moto si quiere llevar su moto legalizada y en funcion de la reforma necesitara certificado de taller,informe de conformidad o de laboratorio e incluso dependiendo de la reforma de proyecto tecnico.

Si tan claro lo teneis de pillar al gruñon,menos palabras y mas echos por que al final "La corná dolera mas"

Ya os he aportado la solucion a ver ahora quien la pone en practica a puertagallola.


Joer cuanto sabe mi niño...asi que no es ilegal venderlo.. pues mira mas clarito el agua del grifo:

REAL DECRETO 2822/1998, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Vehículos.


http://www.boe.es/boe/dias/1999/01/26/pdfs/A03440-03528.pdf
Artículo 6. Requisitos de los componentes y unidades técnicas independientes.
Se prohíbe la puesta en servicio o venta para este fin de los componentes y unidades técnicas independientes que no cumplan con los requisitos de la legislación que les sea de aplicación, cuando vayan a ser montados en vehículos destinados a circular por las vías públicas.

Aun así también puedes leerte la DIRECTIVA 2007/46/CE DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJOde 5 de septiembre de 2007por la que se crea un marco para la homologación de los vehículos de motor y de los remolques, sistemas, componentes y unidades técnicas independientes destinados a dichos vehículos
http://www.minetur.gob.es/industria/vehiculos/legislacion/directivas/directivas/directiva2007_46.pdf
OBLIGACIONES GENERALES
Artículo 4
Obligaciones de los Estados miembros
1. Los Estados miembros garantizarán que los fabricantes que soliciten una homologación cumplen las obligaciones que les incumben con arreglo a lo dispuesto en la presente Directiva.
2. Los Estados miembros homologarán únicamente aquellos vehículos, sistemas, componentes o unidades técnicas independientes que satisfagan los requisitos de la presente Directiva.
3. Los Estados miembros únicamente matricularán o permitirán la venta o puesta en servicio de aquellos vehículos, componentes o unidades técnicas independientes que satisfagan los
requisitos de la presente Directiva.
No prohibirán, restringirán ni impedirán la matriculación, la venta, la puesta en servicio o la circulación viaria de vehículos, componentes o unidades técnicas independientes por razones relacionadas con aspectos de su fabricación o funcionamiento regulados por la presente Directiva, si satisfacen los requisitos establecidos en ella.
4. Los Estados miembros crearán o designarán a las autoridades de homologación e informarán a la Comisión de dicha creación o designación con arreglo al artículo 43. La notificación de la autoridad de homologación incluirá el nombre, dirección, correo electrónico y su ámbito de responsabilidades.


Con este texto te digo que el Estado, a través del ministerio es quien "Velara" por la seguridad de que se cumplan los requisitos de los elementos que se venden cumplen o no la responsabilidad va en este orden y afecta a TODOS los que intervienen
1.- Fabricante (si esta en el pais) o en su defecto al IMPORTADOR
2.- AL comercio que vende esos elementos
3.- Al "profesional" que los instala .. y ojo, este "profesional debe de cumplir por sus santos cojones, ya que esta inscrito como taller y ademas debe velar por el cumplimiento"
4.- Al usuario final

para que te hagas una idea REAL, ya que es algo que conozco mas o menos a fondo pues es directamente de mi profesión.
por ejemplo, los inhibidores de radio, en este caso concreto, los de 3G, los de telefonia movil
aunque puedes comprarlos tu mismo por Internet a cualquier chino, aunque hay comercios que te lo venden en españa, su VENTA y USO esta absolutamente prohibida en toda la comunidad europea
El régimen sancionador aplicable aquellas personas físicas o jurídicas que pongan en el mercado este tipo de dispositivos viene descritos en la Ley General de Telecomunicaciones Título VIII (Inspección y Régimen sancionador) debiendo mediar denuncia. Las sanciones pueden oscilar entre 20 millones de euros ante el supuesto de comisión infracción muy grave (artículo 53.b y f de la Ley) y 500.000 euros para el supuesto de comisión de infracción grave (artículo 54.c, e, j de la Ley).
 
por cierto, en cuanto a las infracciones y sanciones
Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria. TITULO V. Infracciones y sanciones.
Artículo 31 Clasificación de las infracciones
1. Son infracciones muy graves las tipificadas en el punto siguiente como infracciones graves, cuando de las mismas resulte un daño muy grave o se derive un peligro muy grave e inminente para las personas, la flora, la fauna, las cosas o el medio ambiente.
2. Son infracciones graves las siguientes:

  • a) La fabricación, importación, ventas, transporte, instalación o utilización de productos, aparatos o elementos sujetos a seguridad industrial sin cumplir las normas reglamentarias, cuando comporte peligro o daño grave para personas, flora, fauna, cosas o el medio ambiente.

rtículo 33 Responsables
1. Serán sujetos responsables de las infracciones, las personas físicas o jurídicas que incurran en las mismas. En particular se consideran responsables:

  • a) El propietario, director o gerente de la industria en que se compruebe la infracción.
  • b) El proyectista, el director de obra, en su caso, y personas que participan en la instalación, reparación, mantenimiento, utilización o inspección de las industrias, equipos y aparatos, cuando la infracción sea consecuencia directa de su intervención.
  • c) Los fabricantes, vendedores o importadores de los productos, aparatos, equipos o elementos que no se ajusten a las exigencias reglamentarias.
  • d) Los organismos, las entidades y los laboratorios especificados en esta Ley, respecto de las infracciones cometidas en el ejercicio de su actividad.



Con todo esto, y lo expuesto anteriormente
te pido por favor, que tu y tu amigo dejéis de ENGAÑAR Y MENTIR diciendo que se pueden poner a la venta, e instalar elementos NO HOMOLOGADOS y que el único responsable es el consumidor final
este, el consumidor final,. tiene a sus espaldas todo un ministerio, un estado, y una comunidad europea que vela para que se cumplan las responsabilidades de arriba abajo, pero que sepa que ese consumidor final, también tiene una parte de responsabilidad pues el desconocimiento de las leyes o normas no quitan de su obligado cumplimiento
lo que me parece ESTUPIDO es VUESTRA posición diciendo que los concesionarios no tienen responsabilidades... vaya huevos tenéis ...
 
Ahora tu insultas y yo te replico con otro insultos....¿Te vas a autobanear,o me banearas a mi por insultar a un moderador,que no solo no modera,insulta y aplica tecnicas propias de sindicatos verticales franquistas?

Que obsesión con los sindicatos verticales. Yo al menos me tomé unas cañas con Don Marcelino Camacho y bien orgulloso que estoy de haber compartido una larga e interesante charla con el, que en paz descanse.
 
por cierto, en cuanto a las infracciones y sanciones
Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria. TITULO V.*Infracciones y sanciones.
Artículo 31 Clasificación de las infracciones
1. Son infracciones muy graves las tipificadas en el punto siguiente como infracciones graves, cuando de las mismas resulte un daño muy grave o se derive un peligro muy grave e inminente para las personas, la flora, la fauna, las cosas o el medio ambiente.
2. Son infracciones graves las siguientes:

  • a) La fabricación, importación, ventas, transporte, instalación o utilización de productos, aparatos o elementos sujetos a seguridad industrial sin cumplir las normas reglamentarias, cuando comporte peligro o daño grave para personas, flora, fauna, cosas o el medio ambiente.

rtículo 33 Responsables
1. Serán sujetos responsables de las infracciones, las personas físicas o jurídicas que incurran en las mismas. En particular se consideran responsables:

  • a) El propietario, director o gerente de la industria en que se compruebe la infracción.
  • b) El proyectista, el director de obra, en su caso, y personas que participan en la instalación, reparación, mantenimiento, utilización o inspección de las industrias, equipos y aparatos, cuando la infracción sea consecuencia directa de su intervención.
  • c) Los fabricantes, vendedores o importadores de los productos, aparatos, equipos o elementos que no se ajusten a las exigencias reglamentarias.
  • d) Los organismos, las entidades y los laboratorios especificados en esta Ley, respecto de las infracciones cometidas en el ejercicio de su actividad.



ZAS! en to la boca :partiendose_de_risa
 
Cuando pillé la burra, el tio me dijo que la saco del concesionario con unos screaming eagle y un drag bar bastante largo.Factura...pfff,buscaré a ver,pero creo que no...
 
Alguno ejemplos de motos de ocasion vendidas en concesionarios Oficiales con elementos NO HOMOLOGADOS y segun anuncio listas para circular(incluida ITV), en todos los sitios cuecen habas, el calla otorga y a veces es mejor callar:

Makinostra - Concesionario oficial Harley Davidson Madrid Ultra classic 105 Aniv (Makinostra) Escapes y filtros Screaming Eagle
Road King : Espacio Harley-Davidson Barcelona · Concesionario Harley-Davidson Road King (Espacio Harley) "escapes modificados", manillar Ape Hanger
Softail Blackline : Espacio Harley-Davidson Barcelona · Concesionario Harley-Davidson Softail Blackline (Espacio Harley) Vance & Hines Short shots
Dyna Fat Bob : Espacio Harley-Davidson Barcelona · Concesionario Harley-Davidson fat bob (Espacio Harley) Vance & Hines, centralita screaming eagle, Filtro Stage I (cono)
ALVO MOTO RACING. Concesionario oficial Harley Davidson. Dyna superglide (Conce Zaragoza) escapes screaming eagle, viseras en faro e intermitentes(ilegal en ITV)

P.D: No he mirado mas porque me aburria ya....pero lo dicho....en todos sitios cuecen habas
 
P.D: No he mirado mas porque me aburria ya....pero lo dicho....en todos sitios cuecen habas

Documento brutal.... pero no es solo que cuezan habas, es que mientras denuncian a la competencia utilizando de rehenes a sus compradores, ellos hacen lo mismo (vender motos no adaptadas a la contraseña CE) y no se les cae la puta cara de verguenza. Ni a ellos ni a los que les defienden a muerte.
 
Mira que estaba tranquilo el mundo de las HD que todo el mundo las aceptaba tal cual son, y tuvo que joderlo el Gañan este desde dentro.

Llevo casi dos años flipando y no dejo de flipar, su PM
 
Tengo screaming eagle comprados en HD malaga, con la factura de la moto y de los escapes. Año 2004. Los originales siguen en la caja sin usar cogiendo polvo. Con ellos pase la primera ITV. Ahora ni de lejos.
 
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