Caballete lateral (ha de parar el motor al plegarse???
Pues va a ser que NO... osea que nuestros caballetes SON LEGALES
DIRECTIVA 2000/72/CE DE LA COMISIÓN de 22 de noviembre de 2000 por la que se adapta al progreso técnico la Directiva 93/31/CEE del Consejo relativa al
caballete de apoyo de los vehículos de motor de dos rueda
http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/...18:0019:ESDF
LITERALMENTE:
Artículo 2
1. A partir del 1 de enero de 2002, los Estados miembros no podrán, por motivos relacionados con el
caballete:
— denegar la homologación CE de un tipo de vehículo de motor de dos ruedas, ni
— prohibir la matriculación, venta o puesta en circulación de vehículos de motor de dos ruedas,
siempre y cuando el
caballete cumpla los requisitos de la
Directiva 93/31/CEE, tal como queda modificada por la presente Directiva
Ahora veamos la directiva 93/31/CEE
http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/...19:0027:ESDF
En NINGUN LADO DE TODO EL TEXTO PONE QUE EL
CABALLETE DEBA DE IMPEDIR LA MARCHA DE MOTOR
RESUMEN GENERAL
TODAS LAS HARLEYS (Y MOTOS EN GENERAL) CON PRIMERA MATRICULA ANTERIOR A ENERO DEL 2010 LA PATA DE CABRA NO DEBE HACER OTRA COSA QUE SERVIR DE APOYO Y PUNTO PELOTA
(Y CUANDO DIGO PRIMERA SE TOMA COMO VALIDA LA DE SU PAIS DE ORIGEN, SEA DONDE SEA)
ejemplo una americana matriculada por primera vez en el 2009 y rematriculada en españa en el 2010 NO TIENE PORQUE CUMPLIR LA NORMA Y LA PATA DE CABRA NO DEBE DE PARA MOTOR NI CHORRADAS PARECIDAS
si su primera matricula es del 2010 entonces SI que deberia cumplir esa norma
saludos y cierro para dejarlo claro