Caballete lateral (ha de parar el motor al plegarse???
Pues va a ser que NO... osea que nuestros caballetes SON LEGALES
DIRECTIVA 2000/72/CE DE LA COMISIÓN de 22 de noviembre de 2000 por la que se adapta al progreso técnico la Directiva 93/31/CEE del Consejo relativa al
caballete de apoyo de los vehículos de motor de dos rueda
http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/...18:0019:ES
DF
LITERALMENTE:
Artículo 2
1. A partir del 1 de enero de 2002, los Estados miembros no podrán, por motivos relacionados con el
caballete:
— denegar la homologación CE de un tipo de vehículo de motor de dos ruedas, ni
— prohibir la matriculación, venta o puesta en circulación de vehículos de motor de dos ruedas,
siempre y cuando el
caballete cumpla los requisitos de la
Directiva 93/31/CEE, tal como queda modificada por la presente Directiva
Ahora veamos la directiva 93/31/CEE
http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/...19:0027:ES
DF
En NINGUN LADO DE TODO EL TEXTO PONE QUE EL
CABALLETE DEBA DE IMPEDIR LA MARCHA DE MOTOR
RESUMEN GENERAL
TODAS LAS HARLEYS (Y MOTOS EN GENERAL) CON PRIMERA MATRICULA ANTERIOR A ENERO DEL 2010 LA PATA DE CABRA NO DEBE HACER OTRA COSA QUE SERVIR DE APOYO Y PUNTO PELOTA
(Y CUANDO DIGO PRIMERA SE TOMA COMO VALIDA LA DE SU PAIS DE ORIGEN, SEA DONDE SEA)
ejemplo una americana matriculada por primera vez en el 2009 y rematriculada en españa en el 2010 NO TIENE PORQUE CUMPLIR LA NORMA Y LA PATA DE CABRA NO DEBE DE PARA MOTOR NI CHORRADAS PARECIDAS
si su primera matricula es del 2010 entonces SI que deberia cumplir esa norma
saludos y cierro para dejarlo claro