Caballete (Pata de cabra) y otras homologaciones de vehículos de 2-3 ruedas.

Orgaz

Well-Known Member
Bueno, pues no me quedaba claro lo de la pata de cabra de mi Fat Boy del 2007 y su validez ante la ITV. Así que he investigado y aquí tenéis el resultado. Me temo que sí puedo tener problemas puesto que no se retrae automáticamente cuando se pone vertical la moto(tampoco lleva piloto luminoso de indicación) y no he encontrado nada por la que pueda estar exenta de dicho requisito.

Además, interersante la DIRECTIVA 2002/24/CE, relativa a la homologación de los vehículos de motor de dos o tres ruedas, para aquellos que querais tener más información sobre las piezas y características del vehículo que requieren estar homologados.

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DIRECTIVA 93/31/CEE DEL CONSEJO de 14 de junio de 1993 relativa al caballete de apoyo de los vehículos de motor de dos rueda:

http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=CONSLEG:1993L0031:20001219:ES:PDF

[Resumen]
2.2. Dicho caballete deberá ser lateral, central o de ambos tipos.
3.1.1. El caballete lateral deberá:
3.1.1.1. poder sostener el vehículo de manera que tenga estabilidad lateral, ya sea en caso de que esté en una superficie de apoyo horizontal o en una pendiente, a fin de evitar que sea fácil inclinarlo más (y al salir se incline sobre el punto de apoyo formado por el caballete lateral) o ponerlo en posición vertical e inclinarlo hacia el otro lado (y al salir se incline sobre el lado opuesto al caballete lateral);
3.1.1.2. poder sostener el vehículo de modo que esté estacionado de manera estable cuando se halle sobre una pendiente, de conformidad con el punto 6.2.2.
3.1.1.3. poder replegarse automáticamente hacia atrás en posición cerrada o de marcha:
3.1.1.3.1. cuando el vehículo vuelva a su posición normal (vertical) de conducción;
3.1.1.3.2. avance debido a una acción voluntaria del conductor;
3.1.1.4. pese a lo indicado en el punto 3.1.1.3 anterior, diseñarse y fabricarse de manera que no se cierre automáticamente si el ángulo de inclinación se modifica de manera fortuita (por ejemplo, cuando un tercero o un desplazamiento causado por el paso de un vehículo empuje ligeramente el vehículo):
3.1.1.4.1. una vez que el caballete esté en posición abierta o de estacionamiento;
3.1.1.4.2. el vehículo esté inclinado a fin de que el extremo exterior del caballete lateral entre en contacto con el suelo, y
3.1.1.4.3. el vehículo se halle en posición de estacionamiento sin vigilancia.
3.1.2. No se exigirá el cumplimiento de lo establecido en el punto 3.1.1.3 anterior si el vehículo se ha diseñado de manera que no pueda moverlo el motor cuando el caballete lateral esté en posición abierta.
4.1. Los vehículos podrán ir provistos también de un testigo luminoso claramente perceptible por el conductor sentado en posición de conducción y que, cuando el contacto de encendido se active, se encienda y siga encendido hasta que el caballete se halle en posición cerrada o de marcha.
4.2. Cualquier caballete deberá contar con un sistema de retención que lo mantenga en posición cerrada o de marcha.

DIRECTIVA 2002/24/CE de 18 de marzo de 2002 relativa a la homologación de los vehículos de motor de dos o tres ruedas:
http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:L:2002:124:0001:0044:ES:PDF

Directives on two- and three-wheel vehicles and quadricycles:
http://ec.europa.eu/enterprise/sectors/automotive/documents/directives/motorbikes/index_en.htm




Saludos.-
 
Última edición:
Hola, vamos a ver yo tenia las mismas dudas que tu, pregunte en un taller y me dijeron que mi moto por ser del 2004 no tenia porque llevar nada de lo que llevan las modernas, la mia ni se replega solo, ni se cala la moto si intento salir con el puesto ni naa, es más mas de una vez he salido y me he dado cuenta que no lo habia quitado cuando escucho el ruido de roce y el posterior golpecito al cerrarse jejeje, en mi otra moto esta del 2008 se cierrra solo con un sistema de muelle, muy eficaz porq apenas toques la moto se cierra, pero tampoco ni testigo luminoso ni ningun dispositivo especial y en la vespa del 200 otro tanto de lo mismo
Por decirte mas con la Harley que es la del 2004 pase la itv y ningun problema, saludos
 
Gracias Fran, pero la Directiva es clara y si les da por ahí lo pueden exigir (de hecho la Directiva es del año 93!!).

Aún así, no te quito la razón, ya que no eres el primero que me dice que normalmente las ITV no lo miran, pero también sé que sí hay alguna que sí lo pide.

Un saludo.-
 
Yo lo veo un peligro realmente serio el tema de que se recoja sola. Porque para apoyar la moto se ha de mantener abierta aguantándola con el pie, lo que es un poco complicado, amén de que se te puede resbalar el pie y quedar debajo de la pata con el consiguiente repertorio de palabras malsonantes.
Y si por lo que fuere, una vez descansando en la pata, la levantas y por lo que sea pierdes apoyo o resbalas y has de volverla a apoyar, la pata habrá huido.
No me mola nada. Si es por seguridad, no lo veo claro.
 
Pero vamos a ver mis motos salieron asi de fabrica, la itv no me puede pedir algo que esta legal tal y como es, es como si me compro una moto del año 98 que no llevase intermitentes, pues hoy no me los podrian exigir aunque ahora sean obligatorios, a mi lo unico que me deja la duda es que dices que la normativa es del 93, a mi me habian comentado que era mucho más reciente por eso la harley del 2004 no se veia afectada por ella, habra que seguir mirandolo jeje, saludos
 
Comparemos, queridos hermanos, el punto 3.1.1.3. con el punto 4.2. de la normativa técnica tan prolija y sensatamente dictaminada para nuestro bien y el de nuestras amotos.
cabezazos.gif
 
Comparemos, queridos hermanos, el punto 3.1.1.3. con el punto 4.2. de la normativa técnica tan prolija y sensatamente dictaminada para nuestro bien y el de nuestras amotos.
Ver el archivo adjunto 22256

3.1.1.3. poder replegarse automáticamente hacia atrás en posición cerrada o de marcha:
3.1.1.3.1. cuando el vehículo vuelva a su posición normal (vertical) de conducción;

3.1.1.3.2. avance debido a una acción voluntaria del conductor;

4.2. Cualquier caballete deberá contar con un sistema de retención que lo mantenga en posición cerrada o de marcha.

El punto 3.1.1.3 se requiere para evitar que salgas pitando con la moto y la pata extendida y te arrees el morrón de tu vida en la primra curva a izquierdas que tomes... El 4.2. para que la pata no se despliegue con la moto en marcha y ocurra lo mencionado anteriormente.

Respecto a la Directiva, es del 14 de junio de 1993, por lo que debería ser obligatoria a los vehículos homologados a partir de la fecha de entrada en vigor (otro cosa es que haya habido exenciones o moratorias, que no he sido capaz de encontarar).

Old, no veo qué quieres que veamos con la comparación... ilumínanos!! :complice:
 
Una buena escusa para ir al conce y EXIGIR que nuestras motos tengan ese sistema de serie.... así que a llenar los talleres de reclamaciones y que se gasten tiempo y dinerito en poner nuestras motos en condiciones de la ley en cuestión..... así como cualquier otra falta que haya en la moto tal y como la compraste (cease color rojo de los reflectantes de las maletas laterales de laS TOURING, etc....):me_pregunto_que_ocu
 
Desde hace muchos años vengo oyendo que cuando el diablo no tiene que hacer, con el rabo espanta moscas...
 
3.1.1.4. pese a lo indicado en el punto 3.1.1.3 anterior, diseñarse y fabricarse de manera que no se cierre automáticamente si el ángulo de inclinación se modifica de manera fortuita (por ejemplo, cuando un tercero o un desplazamiento causado por el paso de un vehículo empuje ligeramente el vehículo):


Si os dáis cuenta, al levantar la moto no se repliega, pero con un leve toque, entonces si.
 
Vale, no se repliega, pero si tienes la pata puesta, ¿no se para el motor al meter primera?
 
A mi no.... y más de una vez he salido sin darme cuennn con la pata puesta:timido:
 
El sistema de seguridad de la patacabra creo que se fué implantado poco a poco en todas las familias, y si no me equivoco, en el 2007 ya lo tenían todas, pero eso sí, en las Europeas por que era ya obligatorio. Mi Road King 2007 ya venía con el sistema ese.

Saludos.
 
Vale, no se repliega, pero si tienes la pata puesta, ¿no se para el motor al meter primera?

El sensor de seguridad de la pata entró en las Sportster junto con la inyección. Si arrancas con la marcha metida, lo único que puedes hacer es decirle adios a la moto, jejeje.
 
Pues la mia tampoco pliega sola y eso que tiene muelle,hay que darla un ligero toque,ademas tampoco se apaga la moto cuando engrano una velocidad ,pienso como FXSTC95 que asi esta bien, puede ser peligroso que al ir a ponerla se pliegue por cualquier motivo y acabes con ella encima,aunque para la ITV me lo tendre que pensar.Saludos
 
Púes a mi este tema me tiene alucinado y muy cabreado. El otro día fui a pasar la itv periodica y al mismo tiempo una especial a mi sportster custom del 2005, pues homologué tijas anchas,rueda delantera de 16" con neumatico de 130, asiento de muelles y trasero y alguna cosilla más. Como comprendereis iba acojonado, porque aunque tenía todo bastante controlado, nunca sabes por donde te pueden salir. Y efectivamente, todo correcto (y mira que revisaron todo) pero me dice el operario al montar en la moto que la ponga derecha, y al hacerlo empieza a mover la cabeza. Pués me dice que no la pasa seguro por este tema de la pata de cabra , que es defecto grave. Al final después de llorarle mucho al ingeniero, conseguí que me la pasara, pero dijo que quedaba anotado que tenia que subsanarlo, hablando con harley davidson o como fuera, pués sino no pasaba la siguiente itv.
Sabeis si hay algún documento que exima a las sportster de antes del 2007 de este tema... lo podré pedir en un concesionario HD... me puede álguien obligar a montar este sistema de seguriad en la moto cuando no lo traía de origen, siendo una moto nacional y se supone totalmente homologada...
Perdonar por el ladrillazo, pero es que estoy que hecho humo. Se agradece cualquier comentario que me aclare un poco la cosa , saludos y unas birras desde el norte.
Vsss
 
Mira este post:

http://www.foroharley.com/f88/itv-pata-cabra-25629/

Y habla con tu concesionario.

En concreto todo se solucionó bien para nuestro amigo Schweiz:

HAY NOVEDADES!!!!!

Os cuento:

El viernes 2 de septiembre me llama el ingeniero de la ITV de Navalcarnero a mi móvil diciéndome que me pase cuando quiera por la ITV que me la da el visto bueno. Y claro le pedí explicaciones. Había recibido una comunicación oficial de la Comunidad de Madrid donde el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, informaba que las motos con el problema de la pata de cabra como la mía, no debía ser rechazadas.
Así el Lunes 5 pase por la ITV y me pasaron por buena, sin que yo hiciese ninguna modificación sobre la ultima inspección.
“YA HE PASADO LA ITV”!!!!!!!!!!!!!!!
Porque he tardado tanto en comunicarlo?
Por petición de mi abogado. Es que se ha modificado la ley?? Sin saberlo. Como antes si y ahora no?, Esta implicación sirve para toda España o solo para la comunidad de Madrid? Están bien homologadas las motos “Legales” de HD. Esto es una chapucilla??
Cualquier explicación por parte del ministerio nos remite a la ITV. La ITV cumple lo que dictamina el ministerio. Y si no se ha variado la ley HD sigue vendiendo supuestamente motos incorrectamente homologadas.
Mi abogado está preparando la demanda por daños y perjuicios. Y seguramente abra otro post con mi demanda.
Pienso que es triste tener que llegar hasta estos límites para hacer respetar las leyes y derechos.
Gracias por la ayuda de esa gente que está en la sombra y que me consta que me la prestado.
Estoy muy gustoso de ampliar cualquier información al respecto.
V.
 
Gracias Fran, pero la Directiva es clara y si les da por ahí lo pueden exigir (de hecho la Directiva es del año 93!!).

Aún así, no te quito la razón, ya que no eres el primero que me dice que normalmente las ITV no lo miran, pero también sé que sí hay alguna que sí lo pide.

Un saludo.-

Coincido contigo sobre el tema, pero aun no conozco o al menos no lo he visto. Una moto (la que sea), con pata de cabra o caballete que se repliege el solito.

Todos los modelos que conozco son de muelle y le tienes que ayudar con el pie, para que se repliege.

También es cierto que preguntes a quien preguntes, todos te dicen lo mismo... Tu moto es anterior a la norma, por lo que no tienes que hacer nada. Pero resulta que la norma es del 93, por lo que se supone que ya deberian venir así todas las motos y te vas a cualquier concesionario y nadie cumple al respecto. ¿Tambien nos van a joder por ahi?...
 
Gracias Orgaz , iré al concesionario. El problema es que como ya la tengo pasada, igual se hacen los locos. A ver con que me sorprenden.
Vsss
 
Última edición por un moderador:
Coincido contigo sobre el tema, pero aun no conozco o al menos no lo he visto. Una moto (la que sea), con pata de cabra o caballete que se repliege el solito.

Todos los modelos que conozco son de muelle y le tienes que ayudar con el pie, para que se repliege.

También es cierto que preguntes a quien preguntes, todos te dicen lo mismo... Tu moto es anterior a la norma, por lo que no tienes que hacer nada. Pero resulta que la norma es del 93, por lo que se supone que ya deberian venir así todas las motos y te vas a cualquier concesionario y nadie cumple al respecto. ¿Tambien nos van a joder por ahi?...

Bufff... es más complicado de lo que parece Ave.

La norma dice que al menos la pata debe plegarse sola al iniciar la marcha hacia adelante. Es decir, un golpecito contra el suelo y la pata debería ir para atrás... con eso debería valer.

El problema es que el artículo de la directiva se tradujo de forma distinta del inglés al castellano y las ITV interpretaban al pie de la letra que la pata debería volver a su posición de plegado "automáticamente" al poner derecha la moto. Este punto ya fue discutido y aclarado por Industria (como se indica en el otro post) y las ITV no deberían echar para atrás las motos por esto.
 
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