Seguro en CASER, ni se os ocurra!!!!!!

Will Munny

Well-Known Member
Despues de comparar seguros y encontrar compañías mejores y más baratas, llamo a estos señores para que me den de baja a partir del dia 24/4/2012 (fecha en que finaliza la poliza) y me dicen que no es posible, que tengo que avisarles con 2 meses de antelación!!!!! pero, estamos locos????? estoy avisando con mes y medio de antelación, cosa que no he hecho nunca, siempre que he querido cambiar la poliza he llamado unos dias antes y listo.....Pues aquí no, y yo me pregunto, si he vendido la moto, la he tirado por un barranco o la he prendido fuego....tendría que seguir pagando religiosamente otro año más por no haberles avisado con dos p**os meses de antelación?????? Que vergüenza de pais.....ya solo nos falta salir trabuco en mano a robar por los caminos...
 
La ley es así, lo que pasa es que solo cuentan la parte que les interesa, también las compañías están obligadas a comunicarte con mínimo dos meses de antelación y por carta el precio de la renovación y no lo hacen. No lo hacen porque si lo hicieran te recuerdan con tiempo que te van clavar la renovación del seguro y te dan la opción de buscar otro más barato, por eso prefieren no recordarte que te van a pasar el recibo y así no pierden clientes. Es más, yo he llamado un mes antes de la renovación para preguntar el precio del recibo y no te lo dicen, se inventan rollos de que todavía el sistema informático no tiene los precios, que llames más tarde.....Pero al no comunicártelo, pierden el derecho de que tu les avises con dos meses de antelación, así que cambia de seguro si no te han avisado ellos y cuando te llegue el recibo lo devuelves y que les den.

Saludos!
 
Yo les tengo una demanda puesta por no hacerse cargo de los gastos de defensa jurídica de un accidente que tuve hace ocho años.
 
Vamos a ver..... qué facil es hablar sin saber.....la Ley de Contrato 50/80 de 8 de octubre, en su seccion IV art 22 establece los plazos para comunicar la anulación, y cómo debe de efectuarse. Establece que la comunicación debe de realizarse por escrito y con dos meses de antelación al vencimiento del periodo en curso.... y eso afecta tanto al cliente como a la aseguradora.... imagina por un momento que tu aseguradora te llamase el día antes de vencer el seguro y te dijese que te anulan el seguro... no creo que te sentase nada bien...¿verdad?..... el devolverlo o no es cosa tuya, pero ten en cuenta que con la Ley en la mano, pueden reclamarte el importe en el juzgado y te va a tocar pagar el recibo y las costas....Sothogar: No hay ninguna ley que obligue a las compañías a comunicar con ninguna antelación nada.... sólo la citada ley establece que el seguro es anual y renovable automáticamente. Salvo que la Compañía aseguradora haya modificado el importe más de lo equivalente al IPC, o alguna cobertura en perjuicio del asegurado, no hay nada más salvo la comunicación escrita con el plazo establecido, que puedas hacer. Will: si das de baja el vehiculo, lo comunicas a la compañía y aportas el justificante de baja/venta/desguace y el recibo del periodo, y en la mayoria de los casos te devolverán la prima no consumida.
 
Vamos a ver..... qué facil es hablar sin saber.....la Ley de Contrato 50/80 de 8 de octubre, en su seccion IV art 22 establece los plazos para comunicar la anulación, y cómo debe de efectuarse. Establece que la comunicación debe de realizarse por escrito y con dos meses de antelación al vencimiento del periodo en curso.... y eso afecta tanto al cliente como a la aseguradora.... imagina por un momento que tu aseguradora te llamase el día antes de vencer el seguro y te dijese que te anulan el seguro... no creo que te sentase nada bien...¿verdad?..... el devolverlo o no es cosa tuya, pero ten en cuenta que con la Ley en la mano, pueden reclamarte el importe en el juzgado y te va a tocar pagar el recibo y las costas....Sothogar: No hay ninguna ley que obligue a las compañías a comunicar con ninguna antelación nada.... sólo la citada ley establece que el seguro es anual y renovable automáticamente. Salvo que la Compañía aseguradora haya modificado el importe más de lo equivalente al IPC, o alguna cobertura en perjuicio del asegurado, no hay nada más salvo la comunicación escrita con el plazo establecido, que puedas hacer. Will: si das de baja el vehiculo, lo comunicas a la compañía y aportas el justificante de baja/venta/desguace y el recibo del periodo, y en la mayoria de los casos te devolverán la prima no consumida.
Si pero ante todo se os ha olvidado que en el contrato y esto lo pone en todos y si no buscarlo , como nos cobran por adelantado estan obligados, pone que el cliente esta oblicado al pago del recibo en caso de no realizarlo se le dara de baja automaticamente, osea y me ha pasado en varias compañias, sed lo comunico y me dice que no devuelvo el recibo y me envian una carta que como cortesia me dan un mes de plazo si en ese mes no pago me daran de baja, osea que si lo notoficas te dan de baja y sino te regalan un mes jejeje.
Por otro lado segun creo este gobierno ha reformado lo de los juicios y ahora paga el que demanda gane o no ojo esto es de oidas .
 
Vaya tela..... la verdad, no se que hacer, lo mas facil seria devolver el recibo cuando llegue pero no me apetece tener que pasar luego por el juzgado.....
 
Eso me pasó a mí hace poco con Mapfre, que lo anulé unos días antes del vencimiento y me dijeron que tenía que haberlo comunicado con dos meses de antelación. Les dije que iba a vender la moto y no me pusieron pegas, es cuestión de voluntad por su parte.
 
Vamos a ver..... qué facil es hablar sin saber.....la Ley de Contrato 50/80 de 8 de octubre, en su seccion IV art 22 establece los plazos para comunicar la anulación, y cómo debe de efectuarse. Establece que la comunicación debe de realizarse por escrito y con dos meses de antelación al vencimiento del periodo en curso.... y eso afecta tanto al cliente como a la aseguradora.... imagina por un momento que tu aseguradora te llamase el día antes de vencer el seguro y te dijese que te anulan el seguro... no creo que te sentase nada bien...¿verdad?..... el devolverlo o no es cosa tuya, pero ten en cuenta que con la Ley en la mano, pueden reclamarte el importe en el juzgado y te va a tocar pagar el recibo y las costas....Sothogar: No hay ninguna ley que obligue a las compañías a comunicar con ninguna antelación nada.... sólo la citada ley establece que el seguro es anual y renovable automáticamente. Salvo que la Compañía aseguradora haya modificado el importe más de lo equivalente al IPC, o alguna cobertura en perjuicio del asegurado, no hay nada más salvo la comunicación escrita con el plazo establecido, que puedas hacer. Will: si das de baja el vehiculo, lo comunicas a la compañía y aportas el justificante de baja/venta/desguace y el recibo del periodo, y en la mayoria de los casos te devolverán la prima no consumida.

Pues fue una compañía de seguros quien me lo dijo, me ofrecían un seguro más barato que el mío que estaba a dos semanas de vencer, cuando les dije que ya no podía cancelar el otro con 2 meses de antelación, me dijeron que no pasaba nada si mi compañía no me había facilitado el precio de la renovación, devolví el recibo y punto pelota.
 
El periodo denominado de "gracia", ese mes al que te refieres, es el periodo de gestión de cobro utilizado por las compañías. No quiere decir que te regalen nada...porque si tienes un accidente y el recibo está sin cobrar, no van a atender las consecuencias, a menos que pagues. Fuera de ese periodo, no es que anulen la póliza (que podrían hacerlo) sino que dejan en "suspenso las coberturas", y pueden iniciar la reclamación judicial del recibo. Te confirmo que en el caso de este tipo de juicios (que no llegan a serlo en el 98% de los casos por que se arreglan entre los abogados de las partes), paga quien pierde.
 
Pues fue una compañía de seguros quien me lo dijo, me ofrecían un seguro más barato que el mío que estaba a dos semanas de vencer, cuando les dije que ya no podía cancelar el otro con 2 meses de antelación, me dijeron que no pasaba nada si mi compañía no me había facilitado el precio de la renovación, devolví el recibo y punto pelota.

Atrevete a hacer eso mismo, con por ejemplo... Mapfre.... y ya verás de que forma tan sencilla te encuentras con 2 recibos pagados mas las costas de abogados y procuradores...... hombre.... la lógica tambien indica que hay reclamaciones que no resultan rentables... Salvo algun capricho puntual de un Director de compañía..... no creo que nadie reclame importes que no lleguen a un mínimo para merecer la pena la reclamación.
 
a mi me paso lo mismo con Pelayo,me mandaron una carta amenazandome con llevarme al juzgado,no les hice ni caso y al cabo de dos meses me llego la anulacion de la póliza.
 
Devuelve el recibo. No la cancelas por gusto sino porque has vendido la moto , vamos si la empresa cerrara... te avisaban con 2 meses de antelacion!? Venga !
 
Eso me pasó a mí hace poco con Mapfre, que lo anulé unos días antes del vencimiento y me dijeron que tenía que haberlo comunicado con dos meses de antelación. Les dije que iba a vender la moto y no me pusieron pegas, es cuestión de voluntad por su parte.
Bueno, lo acabo de intentar, les he dicho que iba a vender la moto y me han pedido el justificante de trafico o el permiso de circulacion a nombre del comprador, sino no tengo nada que hacer....se ve que "no hay voluntad por su parte".....
solo me queda pagar una poliza 140€ mas cara que la que me ofrece otra compañia o arriesgarme a que me demanden...
 
Buenas a mi lo que mas me funciona en estos casos es afirmar que no es que quieras dar de baja la poliza sino que en estos momentos no tienes dinero para afrontar el pago y no sabes quando vas a poder abonar el importe , normalmente te insisten pero si tu continuas que no tienes dinero , pero asi de claro que no tienes dinero para pagar , al final te cancelan la poliza.

salu2
 
El consumidor desamparado y a merced de las empresas... Dan ganas de quemarlas a todas:enfado: A mi me paso algo similar con ALLIANZ, devolvi el recibo y me enviaron un par de cartas amenasantes. Pero ya hace 2 años y no he sabido nunca mas nada de ellos.
 
Todo depende del importe del recibo......si el recibo supera los 300 €... tienes papeletas para el juzgado....
 
Creo que tanto si renuevas como si no lo haces no te haran nada. Los de CASER son un poco hijos de perrilla, tanto en esto de las renovaciones
como cuando tienes un problema. Hablo por experiencia. Yo he tenido con ellos problemas con el seguro del hogar y de automóvil(Problemas y renovación respectivamente) y seguro que hoy dia se van a dormir creyendo que tenian razón.
Eso si, la técnica que ahora utilizo es contratar el seguro y al cabo del mes les envio una carta diciendo que ese seguro no se va renovar. Más de dos meses no, pues cuando lo vean que piquen lo quieran mesa.
Saludos.
 
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