Vamos a ver Ser74, en la ficha técnica te tiene que poner la potencia máxima del bicho y luego si esta limitada, tendras una anotación, con el sello de la ITV en el rectangulito de la parte baja de esa ficha.
Del seguro no te fies, se agarran a un clavo ardiendo con tal de no pagar y si en la ficha pone una cosa y la realidad es otra, pues palmas. Y de que te cobren por potencia total o no, no es nada concluyente, lo que vale es lo hay por escrito(ficha tecnica)
La ITV si puede saber si la moto esta limitada o no, solo tiene que medir decibelios y gases, para ver si corresponden.
Los agentes si tienen la sopecha de la triquiñuela, pueden inmovilizar el vehículo y llevarlo a la ITV (incluso alli desmontar), otra cosa es que no se mojen si no estan muy seguros, por si se equivocan. Y la denuncia es por una reforma de importancia sin homologar (aumento de potencia).
Así que es mejor ir legal por si acaso(mas que nada por los seguros) y que papeles y bicho se correspondan, que dos años pasan rápido. Y que no te vendan la moto diciendo que limitada despues se vende mejor y que disfrutas de toda la potencia, que si yo la compro así, aldia siguiente lo arreglo.
Lo que dicen de la centralita al deslimitar, que si se autoajusta, que si te lo hace el taller, ¿No será que en las 883 se autoajusta por la pequeña diferencia de CVs y la 1200 por ser mayor la diferencia de CVs y cubicaje si necesita ese ajuste).
Saludos y birras para digerirlo.