Limitacion de potencia: Importante

Ser74

Well-Known Member
Supongo que esto le podrá servir de ayuda a muchos, sobre todo con la tendencia actual de comprar motos limitadas desde la aparición de los distintos carnets de conducir A y A2, a la hora de limitar la moto en cuestión, hay dos formas de hacerlo claramente diferenciadas, sobre todo por el tema económico, y según lo que he podido averiguar indagando por Internet son las siguientes.


  • Caso 1: cuando compramos la moto en concesionario ya limitada, nos entregan la ficha técnica con la potencia limitada, es decir, la moto sale de casa con la potencia requerida para poder conducirla con el carnet tipo A2 (normalmente 25Kw / 39CV )
  • Caso 2: compramos la moto con la potencia normal y la limitamos a posteriori, con lo que en la ficha técnica aparece la potencia normal de la moto y un anexo en el que dice que dicha moto ha sido limitada con un limitador de potencia especifico a una potencia X

Parece lo mismo pero no lo es, fundamentalmente a lo ahora de deslimitar una vez cumplido el periodo de 2 años, cuando el carnet pasa a ser tipo A, en el primer caso, se trata de una reforma de importancia, ya que al aparecer en ficha técnica la potencia inferior, lo que estamos haciendo es “ aumentar dicha potencia “ por lo que es necesario, además de retirar el kit de limitación, un certificado del mecánico y un certificado de la marca, para después pasar por ITV i por Trafico para modificar la ficha técnica, previo pago da ambas tasas, 30 y 18 € respectivamente (más o menos) además de los 250€ de nada que te pide la casa para expedirte el certificado, lo cual se planta en 300 € del ala.
En el segundo caso, simplemente hay que quitar el kit de limitación, y pasar por ITV previo pago de la tasa (en torno a 10€ ) lo que hace un total de 10 €.
Creo que la diferencia es sustancial en lo económico, que no en lo legal, tanto para nuestros bolsillos como para las arcas de HD.
Yo me he topado con esto al comprar una moto de segunda mano, sabía que tendría que pagar por deslimitarla pero no esperaba que fuese tanto, por eso os aviso a los que penséis comprar una moto limitada, si no lo hacéis de la forma citada en el caso 2, luego tendréis que pasar por caja si o si, y personalmente creo que es un abuso, como siempre, el consumidor al desconocer todos estos temas legales, es el más desprotegido y el que paga el pato y lo que no es el pato también.

Si estoy equivocado, por favor que alguien me corrija, también me gustaría saber si alguien lo conoce, los perjuicios legales en forma de sanción que podría suponer el hecho de deslimitar la moto físicamente pero no hacerlo en papeles, cosa que me han llegado a aconsejar desde un taller oficial de la marca que no voy a mencionar.

Perdón por el ladrillo y birras para todos.
 
En este link se explica el paso a realizar, aunque como veis en el ejemplo Kawasaki cobra por los dos certificados 60€ mientras HD cobra la friolera de 250€, y encima tienes que hacer tu los tramites de ITV y Trafico, y por supuesto pagar las correspondientes tasas, ellos también te gestionan esto si quieres, pero ya no me he atrevido a preguntar lo que te cobran por ello...

Pasos para quitar la limitación a tu moto | Motos | Legislación | Seguridad en moto
 
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Pues yo creo que estoy en el Caso 3: me dieron la moto limitada en el conce junto con el certificado de la arandela y yo la llevé a a la ITV a que me lo pusieran en la ficha técnica.

En ese certificado no viene nada de que se haya tocado la centralita, al menos en el que yo tengo. ¿No puedo ir a la ITV con la arandela y un certificado de un taller cualquiera diciendo que me la han quitado?
Es una putada que te pidan 300pavos por un papel y quitarte una arandelita que la quita cualquiera.


saludos!
 
Me temo que en los dos casos debes pasar por el taller para que te hagan el certificado de haberla deslimitado.
Lo que quizás no sea necesario en el supuesto nº2, es el certificado de la marca, ya que originalmente salió de fábrica con la potencia a la que va ha quedar despues de deslimitarla y eso consta ya en la ficha técnica. Pero lo que no puedes hacer es presentarte en la ITV y pedir que te anoten la deslimitación sin el certificado del taller que supuestamente te la deslimitó.
A lo último que refieres, hazte a la idea de que es como si llevases una moto trucada-sin homologar (aumento de potencia de forma no legal), no recuerdo ahora el concepto.
Así que si tienes un percance, ningún seguro se va hacer cargo de los daños(ni tuyos y tu moto, ni de los de terceros), lo que es para pensarselo.
Aqui te dejo un enlace que trata del temita de marras: http://www.foroharley.com/f12/deslimitar-papeles-sportster-1200-a-21157/
Saludos y birras.
 
como dice el cholas, en el segundo caso no puedes ir a la ITV con la moto sin la arandela y sin el certificado del taller que te ha quitado la arandela, asi que tienes que palmar si o si....es una putada pero es asi
 
como dice el cholas, en el segundo caso no puedes ir a la ITV con la moto sin la arandela y sin el certificado del taller que te ha quitado la arandela, asi que tienes que palmar si o si....es una putada pero es asi

Pero, ¿no me puede hacer el certificado cualquier taller?¿Tiene que ser en la casa HD?
 
supongo que cualquier taller te lo podrá hacer, pero nadie regala euros a centimos....te cobrarán igualmente y no estoy seguro de que la moto lleve un mapa de inyección "capado" para adaptarse a la arandela...sería cuestión de comprobar si realmente les cambian el mapa o no...yo pienso que no, pero........la unica forma de comprobarlo es quitar la arandela a una limitada y "echarla a correr" con una que esté deslimitada de serie....
 
Entiendo que el problema es llevar la moto deslimitada físicamente pero limitada en papeles sólo si tu carnet es el A2, y que el hecho de estar limitada en papeles no impide que un conductor con el A pueda conducirla, de igual modo, si la deslimitas físicamente pero no en papeles no creo que puedas tener ninguna pega si tienes el carnet A, salvo tal vez alguna sanción de tráfico que tampoco entendería mucho. El problema será si la quieres vender o bien la limitas físicamente, o bien adecuas la documentación, o bien que el comprador te firme que compra la moto en estas condiciones que conoce y acepta. Pero no es más que una opnión no experta, eso si acompañada de unas birras.
 
Por experiencia propia.

Ejemplo de una de carburador.

Limitar supone pedir el kit de limitación, que consta de arandela y certificado de homologación del kit expedido por Harley: 150€
Instalar arandela, certificado expedido por el taller instalador con número de registro de industria (esto no lo tienen todos los talleres, vale una pasta ese número de registro) y un certificado de responsabilidad. Pues el coste de esto vale lo que quiera el del taller o concesionario, en mi caso 20€
ITV para limitar 38€ por ser ITV para reformas.

Limitar inyectada: Lo anterior mas certificado de que ha sido reprogramada. Lo que quiera cobrar el taller o conce por la repro.


Deslimitar carburada: Tan sólo hay que quitar arandela y volver a expedir certificado del taller con numero de registro de industria y certificado de responsabilidad, en mi caso otros 20€, esto como ya he dicho, lo que quiera el taller o conce cobrar.

Deslimitar inyectada: Lo anterior mas certificado de taller o conce como que ha sido reprogramada la moto, esto pues valdrá lo que quiera el conce o taller por la repro.

Y luego ya estan los kit de atimpex y similares a 500€ o 600€

!!!Importante¡¡¡

La realidad de la moto ha de adecuarse a lo que refleja la ficha técnica. Si está limitada ha de estarlo en moto y papeles, si no lo está, lo mismo.

No vale lo de que como ya he cumplido los dos años le quito el kit pero no paso la ITV para legalizarlo para ahorrarme el dinero. Puedes tener problemas graves en caso de accidente.
 
Última edición:
Vamos a ver:

La limitación de las inyectadas consiste SOLO en la arandela, así lo pone en mi certificado. La centralita se autoajusta a la entrada de menos caudal.

Lo de reprogramar es una mentira más de muchos conces para llevarse pasta por la cara.

Saludos
 
Vamos a ver:

La limitación de las inyectadas consiste SOLO en la arandela, así lo pone en mi certificado. La centralita se autoajusta a la entrada de menos caudal.

Lo de reprogramar es una mentira más de muchos conces para llevarse pasta por la cara.

Saludos

No, si ya, pero en la ITV lo piden. Si el kit homologado dice que es sólo arandela, pues no hay mayor problema.
 
Vamos a ver:

La limitación de las inyectadas consiste SOLO en la arandela, así lo pone en mi certificado. La centralita se autoajusta a la entrada de menos caudal.

Lo de reprogramar es una mentira más de muchos conces para llevarse pasta por la cara.

Saludos

Difiero contigo Soto. Te explico, le quité la limitación en Enero y quitaron la arandela y tocaron la centralita. Es muy sencillo, a menor flujo de aire, menor de gasolina. Si aumenta la entrada de aire, tienen que aumentar la de gasolina, si no, la mezcla sera incorrecta. Además, me percaté de que tocaron la centralita porque le tenia la mariposa de los escapes desactivada y al quitar la limitación me la dieron activada por ser la configuración original.

Saludos
 
Difiero contigo Soto. Te explico, le quité la limitación en Enero y quitaron la arandela y tocaron la centralita. Es muy sencillo, a menor flujo de aire, menor de gasolina. Si aumenta la entrada de aire, tienen que aumentar la de gasolina, si no, la mezcla sera incorrecta. Además, me percaté de que tocaron la centralita porque le tenia la mariposa de los escapes desactivada y al quitar la limitación me la dieron activada por ser la configuración original.

Saludos
Estamos hablando de motos distintas yo me refiero a la 883, tu supongo que te refieres a la Road King. La Sporty creo que no lleva ni mariposa en los escapes.
¿cuánto te costó deslimitarla en el conce?

saludos!
 
Viene a ser lo mismo lo de la mariposa es anecdótico. Piensalo bien, si reduces el aire, tendrás que reducir gasofa, si aumentas aire, aumentas gasofa. Por eso hay que remapear cuando te compras un filtro de aire de alto flujo :complice:

No recuerdo, porque lo hice con la revisión de los 16 mil
 
Pues el vendedor me dijo que era solo la arandela, que si quería me la entregaba en mano y que se la pusiera si tenía algún problema tipo porrazo, caida o similar. Le dije que la pusieran y me comentó que cuando quisiera que se la quitara que se ajustaba sola.

Incluso en un taller donde le hice una cosilla a la moto, me dijo el mecánico que era así, que si quería le quitaba él la arandela¿¿?? No digo el nombre porque no quiere publicidad, pero si lo lee que se pronuncie...jejeje
 
Yo duudo que se adapte sola, pero vamos.... Lo que si te aseguro es que a mi me reconfiguraron la centralita y me colocaron la configuración original de la mezcla
 
mmmm yo es que creo que no lo tienen claro ni ellos....unos dicen que la centralita si, otros dicen que no. Lo lógico es que la centralita lleve un mapa especial porque el flujo de aire es de la mitad como minimo

No obstante, si la moto está limitada fisicamente, debe estarlo en la documentación y viceversa: si está limitada en la documentacion, debe estarlo físicamente salvo pena de que puedas tener algún problema con la ley en caso de accidente (ojalá que no)....
 
Evidentemente no basta con ir a la ITV sin la limitación, debes llevar el certificado del taller, pero en el caso 1 además debes llevar el certificado de la marca, en este caso de HD que es por lo que te sablan los 250€, puesto que el certificado del taller, te lo puede hacer cualquier mecanico que tenga el permiso de Industria como alguien ha comentado, y por esto no te suelen cobrar demasiado, con respecto a lo de quitar limitación solo fisica, según me han dicho, ni la guardia civil ni en la ITV tienen capacidad para comprobar la potencia, aunque si la guardia civil lo ve muy claro, si te puede retener el vehiculo para llevarlo a taller a hacer la comprobación, en todo caso, disponiendo del permiso A, se trataria de una infracción leve, puesto que solo sería falta de actualización de documentación, insisto, según me han comentado, porque a mi siempre me quedará la duda, con respecto al seguro, yo lo tengo contratado para la IRON con sus correspondientes 50 CV, es decir, en ningun momento he hecho mención de la limitación en el momento e contratar el seguro, aunque también desconozco si a ellos (aseguradora ) con el numero de bastidor les aparece que la moto esté limtada, supongo que al final habrá que acabar pasando por caja, más que nada por prevenir... :enfado::enfado::enfado:
 
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Si además de la arandela se necesitase remapear, y solo estoy hablando de una 883 limitada a 25KW= 35cv, esto debería venir reflejado en la documentación que te certifica el taller para la ITV.
Como podéis ver en los 3 papeles que me dieron, no se menciona nada de reprogramar, solo hablan de la arandela.

¿Por qué le iban a omitir datos sobre la limitación a la ITV si les puede caer un paquete? Si tocan mapa lo deben especificar en la documentación.

Por eso a la ITV le dicen la verdad, es decir, solo arandela pero luego a ti te la meten con el rollo del mapita....:enfado:

Adjunto los certificados de Harley para la limitación a 25kw.

Ahora me dirá alguien que como se varía el flujo, hace falta remapear.., pues debe ser que la centralita se autoajusta cuando se reduce el flujo respecto de lo normal con el filtro de stock, lo que pasa, por ejemplo, si subes a Sierra Nevada con la moto, ¿vas a remaear para subir? pues no....

Si hace falta reprogramar si aumentas considerablemete el flujo respecto del normal con el filtro de serie, o sea, si pones un filtro de alto flujo.

saludos
 
Tengo un lio de cojones, revisando mi ficha tecnica, he visto que pone: Potencia fiscal/real ( C.V.F./KW): 6,18/39 por lo que haciendo el calculo correspondiente, multiplicando los KW por 1,341 da la potencia en CV, por lo que en mi caso salen 52,299 CV si esta operacion es correcta, significa que mi moto no esta limitada en papeles? Por Dios decidme que si que me ahorro una pasta :cachondon::cachondon::cachondon:
 
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