PACO (cruzcampo)
FH SUPPORTER
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COPIO Y PEGO
Hace sólo unos días que el Gobierno de España, por medio del Ministerio de Industria, ratifica las medidas que se tomarán a partir del próximo 18 de mayo de 2018 en lo que respecta la Inspección Técnica de Vehículos. Estas medidas, que se llevan discutiendo durante los últimos años, buscaba equiparar la situación legislativa en España respecto a la del resto de países del Viejo Continente, centrándose a su vez en controlar de cerca la posible presencia de modificaciones en el software del motor que manipulase los valores de emisiones contaminantes, algo en lo que se ha prestado especial atención tras la polémica suscitada por el escándalo del ‘Dieselgate’.
La normativa de la ITV presenta cinco grandes novedades respecto a la que permanece hasta ahora vigente, enfatizando no sólo en materia de emisiones, sino también controlando los principales elementos de seguridad. La primera de ellas, quizás la más importante, también obliga a que las estaciones de la ITV renueven su equipamiento o lo actualicen con el fin de tener equipos con los que realizar una diagnosis a través del puerto OBD que incorporan los vehículos.
A través de este sistema, el operario puede acceder a los datos de la centralita ECU, comprobando así las diversas acerías, problemas de rendimiento, manipulaciones de la electrónica que no estén registradas o la posible utilización de software modificados para manipular los sistemas anticontaminación. Por medio de este nuevo Real Decreto 920/2017, también se prestará especial atención a las medidas básicas de seguridad, como el correcto funcionamiento de los sistemas de airbag y pretensores de los cinturones. De esta forma, con la llegada de la diagnosis a través de OBD, ser realizará un inspección más completa y minuciosa, no sólo detectando posibles modificaciones en el comportamiento del propulsor, sino también problemas que puedan derivar en un accidente.
También hay novedades en materia de la matrícula histórica, la cual cambia la edad mínima del vehículo obligatoria para ser solicitada. En este caso, pasa de los 25 años de antigüedad estipulados hasta ahora, por los 30, una medida que ya tienen la mayoría de los países miembros de la Unión Europea. Recordemos que los automóviles poseedores de este tipo de matrículas pueden acceder a distintos beneficios como el incremento de los plazos para pasar la pertinente ITV (se puede ampliar hasta los 5 años entre inspección e inspección), exenciones en el impuesto de circulación en determinados municipios, así como una reducción de la cuota del seguro dependiendo del vehículo y su uso.
A través de este sistema, el operario puede acceder a los datos de la centralita ECU, comprobando así las diversas acerías, problemas de rendimiento, manipulaciones de la electrónica que no estén registradas o la posible utilización de software modificados para manipular los sistemas anticontaminación. Por medio de este nuevo Real Decreto 920/2017, también se prestará especial atención a las medidas básicas de seguridad, como el correcto funcionamiento de los sistemas de airbag y pretensores de los cinturones. De esta forma, con la llegada de la diagnosis a través de OBD, ser realizará un inspección más completa y minuciosa, no sólo detectando posibles modificaciones en el comportamiento del propulsor, sino también problemas que puedan derivar en un accidente.
También hay novedades en materia de la matrícula histórica, la cual cambia la edad mínima del vehículo obligatoria para ser solicitada. En este caso, pasa de los 25 años de antigüedad estipulados hasta ahora, por los 30, una medida que ya tienen la mayoría de los países miembros de la Unión Europea. Recordemos que los automóviles poseedores de este tipo de matrículas pueden acceder a distintos beneficios como el incremento de los plazos para pasar la pertinente ITV (se puede ampliar hasta los 5 años entre inspección e inspección), exenciones en el impuesto de circulación en determinados municipios, así como una reducción de la cuota del seguro dependiendo del vehículo y su uso.
COPIO Y PEGO
Hace sólo unos días que el Gobierno de España, por medio del Ministerio de Industria, ratifica las medidas que se tomarán a partir del próximo 18 de mayo de 2018 en lo que respecta la Inspección Técnica de Vehículos. Estas medidas, que se llevan discutiendo durante los últimos años, buscaba equiparar la situación legislativa en España respecto a la del resto de países del Viejo Continente, centrándose a su vez en controlar de cerca la posible presencia de modificaciones en el software del motor que manipulase los valores de emisiones contaminantes, algo en lo que se ha prestado especial atención tras la polémica suscitada por el escándalo del ‘Dieselgate’.
La normativa de la ITV presenta cinco grandes novedades respecto a la que permanece hasta ahora vigente, enfatizando no sólo en materia de emisiones, sino también controlando los principales elementos de seguridad. La primera de ellas, quizás la más importante, también obliga a que las estaciones de la ITV renueven su equipamiento o lo actualicen con el fin de tener equipos con los que realizar una diagnosis a través del puerto OBD que incorporan los vehículos.
A través de este sistema, el operario puede acceder a los datos de la centralita ECU, comprobando así las diversas acerías, problemas de rendimiento, manipulaciones de la electrónica que no estén registradas o la posible utilización de software modificados para manipular los sistemas anticontaminación. Por medio de este nuevo Real Decreto 920/2017, también se prestará especial atención a las medidas básicas de seguridad, como el correcto funcionamiento de los sistemas de airbag y pretensores de los cinturones. De esta forma, con la llegada de la diagnosis a través de OBD, ser realizará un inspección más completa y minuciosa, no sólo detectando posibles modificaciones en el comportamiento del propulsor, sino también problemas que puedan derivar en un accidente.
También hay novedades en materia de la matrícula histórica, la cual cambia la edad mínima del vehículo obligatoria para ser solicitada. En este caso, pasa de los 25 años de antigüedad estipulados hasta ahora, por los 30, una medida que ya tienen la mayoría de los países miembros de la Unión Europea. Recordemos que los automóviles poseedores de este tipo de matrículas pueden acceder a distintos beneficios como el incremento de los plazos para pasar la pertinente ITV (se puede ampliar hasta los 5 años entre inspección e inspección), exenciones en el impuesto de circulación en determinados municipios, así como una reducción de la cuota del seguro dependiendo del vehículo y su uso.
A través de este sistema, el operario puede acceder a los datos de la centralita ECU, comprobando así las diversas acerías, problemas de rendimiento, manipulaciones de la electrónica que no estén registradas o la posible utilización de software modificados para manipular los sistemas anticontaminación. Por medio de este nuevo Real Decreto 920/2017, también se prestará especial atención a las medidas básicas de seguridad, como el correcto funcionamiento de los sistemas de airbag y pretensores de los cinturones. De esta forma, con la llegada de la diagnosis a través de OBD, ser realizará un inspección más completa y minuciosa, no sólo detectando posibles modificaciones en el comportamiento del propulsor, sino también problemas que puedan derivar en un accidente.
También hay novedades en materia de la matrícula histórica, la cual cambia la edad mínima del vehículo obligatoria para ser solicitada. En este caso, pasa de los 25 años de antigüedad estipulados hasta ahora, por los 30, una medida que ya tienen la mayoría de los países miembros de la Unión Europea. Recordemos que los automóviles poseedores de este tipo de matrículas pueden acceder a distintos beneficios como el incremento de los plazos para pasar la pertinente ITV (se puede ampliar hasta los 5 años entre inspección e inspección), exenciones en el impuesto de circulación en determinados municipios, así como una reducción de la cuota del seguro dependiendo del vehículo y su uso.