CAMARA EN CASCO

donde sea?
ojo con eso.
Me gustaría ver que ponen en la multa. Y sobre todo el artículo del código implicado.
 
Lo denunciado no es llevar una cámara, si no adherirla al casco.

No hay ningún problema legal en llevarla fijada al manillar, la defensa, el depósito...
Lo que yo decía xD yo la llevo incorporada. Uno de los amigos con los que salgo de ruta es guardia civil y me ha dicho que es multable si esta adherida. Si esta incorporada no se multa :D
 
La cámara en el casco es objeto que en caso de accidente puede provocar daños al conductor o pasajero.

Lo suyo de llevarla es hacerlo en el manillar por ejemplo, al igual que los intercomunicadores son alegal llevarlos ya que la ley dice que solo pueden llevarlos los agentes de la autoridad y en autoescuelas para el uso en circulación .

Esto es importante: La ley no dice que sea ilegal llevar INTERCOMUNICADORES. Dice que es ilegal llevar CASCOS DE AUDIO O AURICULARES.

Ya ha habido algunas sentencias judiciales que establecen que un dispositivo anexo al casco independiente del oido NO es equiparable a unos auriculares, si no a los altavoces de la radio que prácticamente todos los coches tienen de serie, y que no tiene sentido considerar que uno dispositivo de manos libres perfectamente legal en un coche no lo sea en una moto.

Lo que si es ilegal (y por eso es por lo que ultimamente multan cuando multan) es MANIPULARLO EN MARCHA. Al igual que también es ilegal manipular la radio o el movil mientras se conduce el coche,
 
Bien. Como se dice en unos articulos de prensa más arriba, NO ES ILEGAL, o es ALEGAL la instalación de la cámara.
Eso si, efectivamente, NO puede interferir en la manejabilidad de la moto, ni en la visión.
La DGT, en su momento, y sobre el tema, hizo una pregunta al respecto a la AGENCIA de PROTECCION de DATOS.
La respuesta, fue que el usuario tiene que tener presente las RECLAMACIONES que los usuarios de la via puedan hacerle para la utilización o prestación de datos y/o imágenes.
Es decir: Es más una cuestión de PROTECCION de DATOS; que de USO.
De hecho, lo que tendria que estar HOMOLOGADO, seria el aparato en si, es decir, la CÁMARA,(como ocurre con cualquier pieza para la moto:)
Así, la MULTA, podria ser, en su caso, por usar PEGAMENTO para anclar el soporte de la cámara, si el material del casco fuera del tipo plástico porque EL PROPIO FABRICANTE ya habla de determinados productos que quitan efectividad al casco.
O sea: NO ESTÁ PROHIBIDO.
Respecto a los BLOUTOUTS, pasa como cuando empezaron con los cristales tintados: los llevaban los coches oficiales , pero los particulares... NO PODIAN.
HAsta que a una multa hubo recurso y se estableció la NORMA en forma de Reglamento.
Pero... OJO: lo que no se puede es volar el DRON e ir fijandose en el mando ( para que no se pierda el aparato, claro (que es lo que hace la mayoria .
No seamos más papista que el PAPA, que ya bastante nos fastidian como para que seamos nosotros mismos quienes nos pongamos problemas.
 
Cuál es la diferencia? Adherida es pegada? Incorporada es atornillada?

Hay cascos que incluyen de serie cámaras integradas, o que tienen soportes específicos diseñados especialmente.

En cualquier otro caso si te denuncian es poco probable que vaya a colar frente a la demanda de que "dificulta el funcionamiento/supone un riesgo para el usuario o los otros vehículos". Puesto que tendría que ser el usuario el que presente pruebas de que la cámara cumpliría los estandares de seguridad y estabilidad que se le aplican a los cascos.
 
Yo en algún momento me he planteado eso de acoplarla al casco, por que entiendo que mejoraría mucho las posibilidades con respecto a llevarla en el manillar: menos vibraciones, poder "apuntar", mejor campo... he mirado muchas opciones y hasta tengo comprado un adaptador adhesivo con superficie curva que se supondría propio para eso.

Pero la realidad es que ningún soporte que he visto hasta ahora me da sensación de seguridad. O frente a la posibilidad de que se suelte viajando a 120 km/h con el consiguiente riesgo para mi y para los demás que vayan conmigo (aparte de perder la cámara), o frente a que en caso de necesitar que el casco haga su trabajo, no vaya a producir un problema clavándoseme, jodiendo la calota o algo parecido.
 
No hay ningún problema legal en llevarla fijada al manillar, la defensa, el depósito...


y volvemos a lo mismo, como no hay ningún manillar ni defensa ni depósito HOMOLOGADO para llevar la cámara, ni cámara para ir en tales partes de la moto, ni hay legislación específica al respecto queda a criterio del policía, guardia o quien sea que te pare si lo que llevas en la moto es peligroso o inadecuado, y por lo tanto denunciable.
 
Lo que yo decía xD yo la llevo incorporada. Uno de los amigos con los que salgo de ruta es guardia civil y me ha dicho que es multable si esta adherida. Si esta incorporada no se multa :D


entonces eso quiere decir que puedes "incorporar" cualquier cosa a ciertas partes de la moto, aunque lo fijes de forma "permanente"?????...no creo que sea así. Si tu conoces a algún guardia que dice que no pasa nada yo te digo que conozco a algún guardia que te denunciaría si estima que lo que llevas en el manillar no debería estar ahí.
 
y volvemos a lo mismo, como no hay ningún manillar ni defensa ni depósito HOMOLOGADO para llevar la cámara, ni cámara para ir en tales partes de la moto, ni hay legislación específica al respecto queda a criterio del policía, guardia o quien sea que te pare si lo que llevas en la moto es peligroso o inadecuado, y por lo tanto denunciable.

Bueno, la legislación establece que es legal llevar complementos y elementos decorativos si no afectan a la conducción ni sobresalen hacia EL EXTERIOR de la moto alterando sus extremos. Ahí el caso es distinto... tendría que ser la autoridad la que estableciera y justificara que es algo peligroso o inadecuado.

Hay un caso parecido con lo de los embellecedores para guardabarros. Por el hecho de existir no son malos, y si te los echan para atrás en ITV será por que tengan extremos cortantes o estén iluminados, O el caso de los faros auxiliares - si no se encienden... pasan la ITV en calidad de "elementos decorativos". Y a nadie lo han multado por llevar un soporte de móvil.

En el casco es diferente... las normas no le reconocen la capacidad de llevar complementos. Así que cualquier añadido es "inapropiado mientras no se demuestre lo contrario".

Pero a ver, que es que tiene todo el sentido común. Aunque tendamos a ignorarlo, las normas y homologaciones en general tienen una razón de sentido común para existir. Y no hace falta echarle mucho sentido común al asunto para darse cuenta de que no es lo mismo fijar algo al manillar, donde queda en una zona interior y es sencillo usar anclajes, que al casco.
 
Hay cascos que incluyen de serie cámaras integradas, o que tienen soportes específicos diseñados especialmente.

En cualquier otro caso si te denuncian es poco probable que vaya a colar frente a la demanda de que "dificulta el funcionamiento/supone un riesgo para el usuario o los otros vehículos". Puesto que tendría que ser el usuario el que presente pruebas de que la cámara cumpliría los estandares de seguridad y estabilidad que se le aplican a los cascos.
En la parte final, creo que te equivocas: Es la Administración quien debe de determinar cual es el precepto infringido. En este caso, como ocurria en uno de escapes, o como ocurre con las ITV, al ser una cuestión TECNICA, dicha Administración deberá señalar que el casco, segun reza en sus especificaciones, NO ESTÁ homologado o NO ACEPTA otros elementos, como la adición de cámaras.
Vs
 
Por cierto: Acabo de ver un VIDEO reciente de un MOTOVLOG en el que los MOZOS de ESCUADRA los paran. TODOS llevan cámaras INTERCOMUNICADORES.
EL MOZO de turno, le dice que APAGUE LA CÄMARA. Y le dice, también, que no está permitido los intercomunicadores. Nada más.
Respecto a unas luces que llevaba puestas.... casi, casi, le pide los papeles de la instalación, homologación, etc. Pero se quedó en eso.
EN estos caso, como en otros, SOMOS NOSOTROS los que nos ponemos en modo "guardia de tráfcio".
PAso con el "confinamiento": ELl R.D. hablaba de "NO PODER CIRCULAR POR VIAS y LUGARES PÚBLICOS" y nosotros mismos lo convertimos en "CONFINAMIENTO".
Vs
 
Pero a ver, que es que tiene todo el sentido común. Aunque tendamos a ignorarlo, las normas y homologaciones en general tienen una razón de sentido común para existir. Y no hace falta echarle mucho sentido común al asunto para darse cuenta de que no es lo mismo fijar algo al manillar, donde queda en una zona interior y es sencillo usar anclajes, que al casco.

Obviamente que es la autoridad la que te sancionará a propuesta del agente si éste lo considera oportuno, pero no estamos hablando de sentido común jesus malaga, estamos hablando que ni un manillar ni un casco se fabricaron con el fin de añadirles objetos que no lleve la propia moto o que estén homologadas con ese fin específico, sobresalgan hacia el exterior o no, a partir de ahí suerte para cada uno al que le pare la policía.
 
No entiendo tanta discusión cuando la cosa es tan sencilla como que dependiendo de Sr. Guarda que te pare, tendrás o no tendrás receta.
Este especificado, no este especificado, este homologado, o no este homologado... mientras no haya una normativa clara sobre el tema, la pelota esta sobre la cabeza del guarda que hará según le haya ido el día.
 
En la parte final, creo que te equivocas: Es la Administración quien debe de determinar cual es el precepto infringido. En este caso, como ocurria en uno de escapes, o como ocurre con las ITV, al ser una cuestión TECNICA, dicha Administración deberá señalar que el casco, segun reza en sus especificaciones, NO ESTÁ homologado o NO ACEPTA otros elementos, como la adición de cámaras.
Vs

Eso es solo una cuestión semántica. El asunto es que la carga legal de demostrar ante una alegación que el montaje de la cámara es apto y acorde con la homologación de seguridad del casco es del usuario, salvo que el casco incluya la cámara de serie, o exista un complemento específico fabricado para el caso, es evidente que no rezará a priori como homologado.

Y que un usuario vaya a ser capaz de alegar y demostrar que el haberle pegado de alguna forma no altera las circunstancias de la ECE con la que se haya homologado el casco en cuestión... dudoso.
 
Obviamente que es la autoridad la que te sancionará a propuesta del agente si éste lo considera oportuno, pero no estamos hablando de sentido común jesus malaga, estamos hablando que ni un manillar ni un casco se fabricaron con el fin de añadirles objetos que no lleve la propia moto o que estén homologadas con ese fin específico, sobresalgan hacia el exterior o no, a partir de ahí suerte para cada uno al que le pare la policía.

Me tendrás que perdonar, pero la posibilidad legal de acoplar cosas en el manillar SI está perfectamente definida en las normativas. Entre otras cosas en todas nuestras motos al manillar están acoplados mandos, a veces relojes, a veces retrovisores... y hay referencias explicitas en los procedimientos de ITV a elementos decorativos.

Pero eso es algo que le pones A LA MOTO.

Y aunque tu pretendas definir que no, si es una pura cuestión de sentido común el caer en la cuenta de que no tiene nada que ver (ni desde un punto de vista legal, ni desde un punto de vista técnico, ni desde un punto de vista de seguridad) acoplar algo a la moto, que acoplarte algo AL CASCO, que es un elemento único.

Es como lo de circular con un casco no homologado. ¿Que muchas veces el policía te para y ni se fija ni te dice nada? Pues si. Pero eso no quita ni que es indudablemente ilegal circular con él, ni que si te das un morrazo con la moto es poco probable que un casco de esos imitando un casco nazi o un gorro de aviador te sirvan para evitar partirte la crisma.
 
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