Como me dedico profesionalmente a homologaciones, me permito dar mi opinión sobre este tema.
Según el manual de reformas. La sustitución del asiento o asientos originales de tipo horcajadas (de moto) por otro asiento de tipo horcajadas (de moto). No se considera reforma si se mantiene el número de plazas de la homologación de tipo de la motocicleta.
Pero hay que considerar varios factores o matices. Aunque en algunas ITV hay disparidad de criterios.
Lo primero que hay que considerar. Es que no se considera reforma si se mantienen los anclajes originales del asiento o asientos en el chasis o subchasis.
Lo segundo está sociado al asidero del ocupante. Si este elemento original se elimina, se ha de colocar otro de sustitución. Y esta sustitución. Si que es una reforma.
Por lo tanto:
Cambiar el asiento original de dos plazas fijado en sus alojamientos originales y manteniendo el asidero de cinta original, no es una reforma. Siempre que el asidero esté fijado directamente al chasis o subchasis y no al propio asiento. Caso de HD.
Lo de antes pero con fijaciones no compatibles con los alojamientos del chasis. Con un elemento intermedio de adaptación a los alojamientos originalaes y que cumpla este con el Reglamento de salientes exteriores (aristas con radio mínimo 2 mm). No debería de ser considerado como reforma. Pero te puedes encontrar que alguna ITV interpreta que este elemento intermedio es una modificación del chasis. Yo considero que no debería ser así.
Pasar de 1 plaza a dos plazas o de dos a una plaza. Es una reforma.
Se deduce de lo anterior que los asientos de acompañante de ventosa es una reforma. Que además, difícilmente certificará el laboratorio si se le explica realmente su sistema de fijación. por que no cumple con la compatibilidad de anclajes y está fijado al guardabarros mediante un sistema susceptible de perder su fijación.
También se deduce de lo anterior que el asiento puede ser de cualquier origen. Incluso artesanal. No ha de estar homologados, por que los asientos no se homologan como conjunto funcional ni se homologan cuando se homologa de tipo la motocicleta original Solo se le exige que tenga asiento o asientos, si es de dos plazas. Y en algunos casos hay que tener imaginación para ver el asiento, caso de las trialeras.
Los estribos del ocupante deben ser desmontados si se pasa por homologación de 2 a 1 plaza.
Esta es mi opinión sobre este tema concreto.
Ahora bien. Puede ser que te encuentres homologaciones de asientos con ventosas y asideros no originales sustituidos y no homologados.
Lo reducido del espacio en las tarjetas ITV sobre las reformas en ocasiones interpretar la descripción de algunas modificaciones como reformas. Pero si te vas al expediente de la ITV que legalizó la reforma, puedes encontrarte que lo que parece ser que dice la descripción no es lo que se certificó por el laboratorio.
Tambien puede darse el caso, como he visto en alguna ocasión, que algún laboratorio ha interpretado a su manera las indicaciones del manual de reformas, del Reglamento General de Vehículos, de las Directivas CE y del Ministerio de Industria.