Agente de movilidad y Escapes

Sito

Well-Known Member
Hola, generalmente si veo policía cerca suelo aflojar o por lo menos no retorcerle mucho la oreja a la burra... pero no con los agentes de movilidad.
Pues bien, hoy he pasado al lado de unos agentes de movilidad haciendo bien de ruido y me he parado, en la acera, 1 manzana más allá para comprar una cosa. 5 minutos después cuando he salido de la tienda he visto a uno de los agentes agachado junto a mi moto, me ha pedido los papeles me ha amenazado con multarme con 200€ y al final me ha dejado marchar diciéndome que la próxima vez que me vea con esos escapes no me escapo de la multa.

Mi duda es ¿Un agente de movilidad tiene competencia para pedirte la documentación y multarte/denunciarte por los escapes?

A tío se le veía que entendía de motos, llamaba a los escapes "Vance & Hines" y decía que ni uno sólo de esa marca está homologado, me preguntó si llevaba dB Killers, me preguntó si llevaba centralita, me dijo que los espejos tampoco parecían homologados, etc.

Es decir, ¿Se aburría y vino a vacilar o podría haberme multado?
 
Si te refieres a los agentes de movilidad del Ayuntamiento de Madrid, por supuesto que tienen competencia en temas de tráfico. Si que te pueden exigir que les muestres la documentación de la moto y si que te pueden denunciar.
De hecho fueron un invento de Alberto Ruíz Gallardón para liberar a la Policía Municipal de temas de tráfico y se pudieran dedicar a la seguridad ciudadana, ya que la Policía Nacional no daba abasto.
 
Según el Reglamento del Cuerpo de Agentes de Movilidad del Ayuntamiento de Madrid:

El Cuerpo de Agentes de Movilidad ejercerá las siguientes funciones:
1. La ordenación, señalización y dirección del tráfico en el casco urbano de acuerdo con lo
establecido en las normas de circulación. En tal sentido le corresponderá.
a) El encauzamiento de la circulación rodada y peatonal, la vigilancia de los
estacionamientos públicos e intersecciones viales y los demás cometidos que tiendan a dar
fluidez y seguridad al tráfico.
b) Para el desarrollo de las funciones de ordenación, regulación y señalización, el Cuerpo de
Agentes de Movilidad deberá coordinarse con todos aquellos servicios o administraciones
que sean necesarios para optimizar el tráfico en todas las vías urbanas.
c) La vigilancia y control de los transportes, tanto públicos como privados, para hacer cumplir
sus normas reguladoras.
d) Contribuir a la mejora de la seguridad vial y de la educación vial, prestando la
colaboración precisa a los organismos y centros que lo soliciten.
e) Coordinación y colaboración con los controladores del Servicio de Estacionamiento
Regulado (SER) y del Control de los Carriles-Bus (SACE), así como ordenar la retirada de
vehículos por la grúa.
f) Colaborar con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en tareas de auxilio en caso de
accidentes, manifestaciones y conflictos privados que tengan incidencia sobre el tráfico.
g) Colaborar y vigilar en el cumplimiento del control de emisiones contaminantes con motivo
del tráfico rodado.
h) Participar en el control de todas aquellas actuaciones realizadas en la calle por las que se
prevea cortar la circulación.
i) Cualquier otra función que, de acuerdo con el ordenamiento jurídico, se le atribuya o
encomiende.
 
Vaya tela mano de obra barata son lo que son olvidaros que este tipo de inventos responden a cosas de seguridad, responden a temas económicos, con lo que le pagan a un policia municipal poniendo multas tienen a tres de movilidad poniendo evidentemente el triple de multas y cobrando entre los tres lo mismo que cobra un urbano, la urbanidad debería de empezar por los polñiticos
 
h) Participar en el control de todas aquellas actuaciones realizadas en la calle por las que se
prevea cortar la circulación.:partiendose_de_risa:partiendose_de_risa:partiendose_de_risa:partiendose_de_risa:partiendose_de_risa

Pues es curioso que se metan en una cosa tan nimia como el ruidito de una moto y cuando los tontos ciclistas cortan la calle se cagan de miedo!!!!
 
Pero, concretamente, pueden "retenerte", solicitarte la documentación, denunciarte y tienen presunción de veracidad?
 
Pero, concretamente, pueden "retenerte", solicitarte la documentación, denunciarte y tienen presunción de veracidad?

Son agentes de la autoridad igual que un policía municipal.
Según el ya citado reglamento:
"Dichos funcionarios no estarán integrados en las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y, en el ejercicio de sus funciones, tendrán la consideración de agentes de la autoridad subordinados a los miembros del Cuerpo de Policía Municipal".
 
Última edición:
Te juro que no se que es un agente de movilidad. Yo solo conozco Locales o Pitufos

Pues son unos señores que contrata el ayuntamiento de Madrid (y otros supongo) para que regulen el tráfico. Los disfrazan de policías, pero sin pistola, ni esposas ni nada de eso. En lugar de cartuchera llevan un Walkie-Talkie de los años 80, que si no te fijas parece una pistola.

Pero, concretamente, pueden "retenerte", solicitarte la documentación, denunciarte y tienen presunción de veracidad?
Según la normativa que ha compartido LIV2RYD si pueden solicitar la documentación, denunciarte y tienen presunción de veracidad (por ser agentes de la autoridad).
Dudo que puedan retener a una persona, pero si podrán retener un vehículo.
 
Te juro que no se que es un agente de movilidad. Yo solo conozco Locales o Pitufos

Pues en Madrid D.F. hay Policía Municial, Agentes de Movilidad, Controladores del SER, y los vigilantes del SACE con coches con cámaras que se van cepillando a los cabrones que aparcan en el carril del autobús (y lástima que no fueran con un bulldozer apartándolos).
 
Dudo que puedan retener a una persona, pero si podrán retener un vehículo.

Dado que tienen carácter de Agentes de la Autoridad en el ejercicio de sus funciones si pueden detener a una persona.
También pueden inmovilizar o depositar vehículos en los depósitos del Ayuntamiento.
Por cierto, en España cualquier persona puede detener a otra en caso de flagrante delito, no hace falta ser Agente de la Autoridad.
Por ejemplo, veo por la calle a un tío que le está "apalizando" a otro con un bate de béisbol, por lo tanto está cometiendo un delito de lesiones. Pues en ese caso puedo detenerlo y entregarlo a la Policía.
 
Última edición:
Pues en Madrid D.F. hay Policía Municial, Agentes de Movilidad, Controladores del SER, y los vigilantes del SACE con coches con cámaras que se van cepillando a los cabrones que aparcan en el carril del autobús (y lástima que no fueran con un bulldozer apartándolos).

Se me olvidaba también que hay veintiséis semáforos con cámaras recetadoras gracias a los cuales casi ha desaparecido la tradicional costumbre madrileña de que se pusiera el semáforo en rojo y aún pasaran nueve o diez vehículos:

http://www.foroharley.com/f12/estoy-cabreado-40274/
 
Dado que tienen carácter de Agentes de la Autoridad en el ejercicio de sus funciones si pueden detener a una persona.
También pueden inmovilizar o depositar vehículos en los depósitos del Ayuntamiento.
Por cierto, en España cualquier persona puede detener a otra en caso de flagrante delito, no hace falta ser Agente de la Autoridad.
Por ejemplo, veo por la calle a un tío que le está "apalizando" a otro con un bate de béisbol, por lo tanto está cometiendo un delito de lesiones. Pues en ese caso puedo detenerlo y entregarlo a la Policía.

Los Agentes de la Autoridad no tienen implícita la facultad de realizar detenciones. Yo soy Agente de la Autoridad en el ejercicio de mis funciones y no puedo detener a nadie por serlo.

Efectivamente el Art 490 LEC autoriza a la detención ciudadana, pero no tienen nada que ver con este tema porque habla de delitos y no es relevante si el que detiene es o no Agente de la Autoridad.
 
Los Agentes de la Autoridad no tienen implícita la facultad de realizar detenciones. Yo soy Agente de la Autoridad en el ejercicio de mis funciones y no puedo detener a nadie por serlo.

Efectivamente el Art 490 LEC autoriza a la detención ciudadana, pero no tienen nada que ver con este tema porque habla de delitos y no es relevante si el que detiene es o no Agente de la Autoridad.

Evidentemente que un Agente de la Autoridad no puedo detener a alguien por capricho, tiene que haber un motivo. Pero no es necesario que la persona a la que va a detener esté cometiendo el delito en ese momento.
Lo de la detención por parte de civiles era sólo un ejemplo, no tiene nada que ver con los Agentes de Movilidad.
 
Es que en Barcelona también hay unos empleados de una empresa contratada por el Ayuntamiento ( es de suponer que 3% por delante ), que van vestidos con un sospechoso parecido con la policía municipal ( Guardia Urbana ) y se dedican mayormente a perseguir infractores de zona azul y taxistas que se paran a mear en un bar .
A la hora de la verdad, delante del de las puñetas, estaría bien saber si estos empleados de una empresa contratada por el Ayuntamiento tienen más o menos voz que el bibliotecario del ayuntamiento, el vigilante del parque o un ciudadano presuntamente inocente.
Sospecho que si no lo dice en el reglamento que ha colgado LIV2RYD es porque se ha dejado con toda la intención en la ambigüedad.
Es que para poder decirle a un ciudadano "Oiga, enséñeme el DNI", hay que tener el respaldo de la LEY para reducirlo, retenerlo y/o llevárselo al cuartelillo en el caso posible que el ciudadano conteste "Que te f-ll-n, gilipo-as". No es una cuestión de violencia ( sí pero no solamente ) es una cuestión de que si el tío está mal del corazón y se muere, paga el Estado. ( black humor forever)
 
Solo ha desaparecido en esos 26, ¿no? :partiendose_de_risa :partiendose_de_risa :partiendose_de_risa

Pues la verdad es que la gente ya tiene la duda de si el semáforo tiene cámara o no y se cortan bastante a la hora de saltarse cualquiera.
Vamos que les suda la polla si saltándose el semáforo pueden matar a un motorista o a un peatón, sólo tienen miedo a que les quiten los 200 € y los 4 puntos de mierda.
 
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