arqueromongol
Active Member
Atendiendo a tus comentarios podría entender que la información que estoy comentando no se ajusta a la verdad. Espero que no sea así.y en cual de los dos viene que el espejo de la moto va por arriba o por abajo de la moto?????
idem de idem que le digo a Shovelpowe, donde viene la posición de los espejos, en el expediente técnico, unitaria????....tan difícil es llegar a verlo por escrito?????..por que estoy empezando a pensar que NO viene reflejado en ningún sitio de nuestra legislación que determinado modelo hd sale de fabrica con los espejos invertidos.
...y luego pasa lo que pasa en las itvs, que según el operario que te toque y el día que tenga la pasarás o no la pasarás.....
Voy a ampliarla con más detalle. Espero que se entienda.
El expediente técnico que se presenta a la Autoridad de homologación (El ministerio de Industria), a través del laboratorio que tramita dicha homologación, está constituido por un dossier de un mínimo de 15 páginas. Si exceptuamos las homologaciones unitarias o individuales, que solo se presenta la ficha técnica reducida (FTR).
Estos dosieres pueden estar a disposición de una estación ITV si su director lo solicita. Pero ha de armarse de paciencia, por que las cosas d epalacio van despacio.
Puedes estar seguro que en los dosieres aparece esta información. Yo he realizado unos cuantos para varios fabricantes y en todos ellos se indica la ubicación de los espejos.
Sucede lo mismo con los avisadores acústicos, por ejemplo. No solo han de estar homologados, si no que se indica su ubicación, pues han de cumplir unos niveles de emisión de señal acústica a una determinada distancia al frontal de la motocicleta.
En el caso de los espejos, avisadores acústicos y otros componentes sujetos a homologaciones parciales, como las ITV solo tienen acceso a las FTR, no disponen de esta documentación reglamentaria.
Tampoco disponen en la FTR la información de los mecanismos de freno, estribos y unos cuantos más. Elementos que tambien suelen traer problemas en las ITV.
Lo que hacen las ITV en caso de duda, es recurrir a fotografías de catálogos y demás documentación oficial de la marca disponibles en la web.
Este sistema yo no calificaría como riguroso, pero a falta de información es lo que aplican.
Si el cliente no está de acuerdo. Siempre puede presentar una reclamación formal en la ITV argumentando el desacuerdo. Si finalmente el cliente tiene razón, seguro que tendrás la conformidad de la inspección en lo relativo a este punto de desacuerdo. Te lo digo en base a mi experiencia. Siempre hay alguna excepción con algún director de estación "duro de mollera". Pero como las reclamaciones pueden terminar y algunas terminan en industria de la Comunidad Autónoma. Si el cliente tiene razón finalmente se le da el visto bueno y se evitan problemas para todas las partes.
Otra cosa es que no te convenga volver por esa ITV, como me ha sucedido a mí y unos cuantos foreros. Por que te estarán esperando armados de lupas y demás herramientas de verificación y tortura.
Dicho esto. La cuestión que se plantea entiendo que es la siguiente,
¿Por que en caso de no disponer d einformación "oficial", si existe una duda del inspector, no se da por "conforme", un determinado punto de control en la ITV?
En mi opinión. La situación general está asociada a los controles que sufren las propias estaciones ITV por parte de auditores e interventores.
Es decir. Como a ellos tambien les controlan, aunque os parezca raro. Algunas estaciones han optado por tomar nota d etodo lo que ven y conocen y lo que ven y no conocen. A esto hay que añadir que se hace una fotografía del vehículo en el momento d ela inspección y que en dicha fotografía puede quedar reflejado algún punto de control que se les ha "escapado".
que quede claro que lo que explico es una opinión. Yo no critico a nadie, ni pretendo decir como s ehan de hacer las cosas.
La verdad, es que si nos acojemos a las instrucciones del manual de inspecciones de estaciones ITV, el manual d ereformas y las FTR. No hay manera de acreditar que si se le cuela a un inspetor un espejo homologado fuera de su emplazamiento original, esta circunstancia sea una falta de rigor del inspector. Sencillamente por que el técnico tiene que trabajar en base a la documentación oficial y resultaría imposible que ante cualquier duda, el Ministerio le enviase en un plazo de 5 minutos el dosier de homologación del vehículo.
Lo que quiero decir con esto. Es que si me coloco en el puesto del director de la estación y un auditor me intenta meter una no conformidad por que a un técnico se le ha colado un cambio de emplazamiento de los espejos. Si yo puedo acreditar que este emplazamiento cumple con los ángulos y distancias de visión. Quieroentender que auditor no tendrá mas remedio que anular esta no conformidad. A no ser que quiera que le llamen de más arriba. Por que el auditor tambien tiene otro control y nadie quiere tener problemas si puede evitarlo.
Como resumen final, lo ya dicho. Si no estás de acuerdo y piensas que tienes razón. Pues a presentar hoja de reclamaciones.