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A ver, que el problema no está en el artículo 1485 del código civil.

El problema está en que el artículo 217 de la ley de enjuiciamiento civil establece que la carga de la prueba corresponde siempre al actor demandante. Y que si hechos fundamentales son considerados dudosos o no probados, deben desestimarse las demandas.

No es que sea o no necesario que el vendedor conociera un "vicio". Es que es necesario demostrar que estaba ahí antes. Más allá de (copio y pego de la propia ley ) "Cuando, al tiempo de dictar sentencia o resolución semejante, el tribunal considerase dudosos unos hechos relevantes para la decisión, desestimará las pretensiones del actor o del reconviniente, o las del demandado o reconvenido, según corresponda a unos u otros la carga de probar los hechos que permanezcan inciertos y fundamenten las pretensiones"

Evidentemente si queda probado que el defecto existía antes, el juez estimará la demanda. La cuestión es... ¿Cómo te consta a ti que alguien, alguna vez, ha demostrado que uno de esos defectos existía antes sin ser por que hay pruebas de que alguien lo había detectado ya, o haberse detectado en cuanto ha sido posible?
Empezando por el final, a mi personalmente me consta porque soy un humilde Abogado que ha llevado múltiples temas de estos, y tengo el asunto requeteestudiado. Por la misma razón y porque llevo toda la vida en esto, créeme que conozco el articulo 217, mal iríamos si no lo conociera. Y tampoco es este un foro de derecho en el que haya que explicar los pormenores de estos asuntos, se cansaría el personal y ya comente la primera vez que hable que son asuntos “complejos”. Pero si quieres, te puedes meter en la pagina oficial del Tribunal Supremo, metes en el buscador “vicios ocultos” y como comente, veras múltiples sentencias a favor y en contra. La prueba es el Perito en base a sus conocimientos, y su credibilidad se basara en varios factores, sobre todo su grado de especialización en la materia, experiencia, “galones”, que haya examinado personalmente la avería o no, etc. Si hablamos del motor de una harley, tiene mucho mas peso (judicialmente) el informe del mecánico de un concesionario harley que lleve reparando harleys 30 años y tendrá “los huevos pelaos” que el mecánico de un taller de la competencia que no este especializado solo en harleys y meta mano a cualquier moto y lleve 5 años currando, o un mecánico de un conce de Honda (es solo un ejemplo). Son múltiples factores que hacen que un Juez crea a un Perito o a otro, por supuesto los Peritos se han de saber explicar, porque siendo una materia tan técnica, el problema muchas veces es que no se entiende lo que quieren transmitir.
 
No exactamente... como bien dice el articulo la rebaja es a juicio de peritos...
No te vale con aparecer con la factura del taller y decirle que te la tiene que pagar... es una rebaja de lo que costaría ese vehículo de conocer q tenia un "problema"
Ejemplo, si te gripa el motor y tienes que poner uno nuevo de 8000 euros... q es lo q vale el de sportster... y la moto te la vendió por 5000 ...
La ley dice q o bien rescindes el contrato y te devuelve los 5000 o bien te rebaja el precio a la cantidad que estime un perito...
Lo q no van hacer es darte 8000 euros para q dejes la moto nueva...
Y si los fallos eran conocidos te podran pagar los daños y perjuicios
Q en este caso igual puede q le metas el costo de abogados y peritos.
Pero en serio , crees q sale rentable ir a juicio, pagar peritos y abogados para que te paguen una reparación que generalmente será más barato o q te rescindan el contrato?

Si, si exactamente. Y la factura si te vale si es acorde a la realidad, es decir, que lo normal por reparar la avería sean alrededor de por ejemplo 500€, y la factura no se pase 3 pueblos por la cara bonita del taller y hayas pagado 1.500€. Y la opción de rescindir o no es del comprador dependiendo de “la entidad” de la averia. Efectivamente si la moto costo 5.000€ y el motor nuevo vale 8.000 ni si quiera tendrías derecho a exigir la reparación porque es desproporcionada y supondría un “enriquecimiento injusto” del comprador. Todo es cuestión de sentido común, si la moto valió 5.000€ y la avería es de 1.000€ te tienen que pagar la reparación si se demuestra que hubo vicio oculto. Si la avería es mas gorda podrás optar entre pedir la rescisión del contrato o el pago de la reparación dependiendo de esa importancia de la averia.
 
Nunca he entendido la gente que se molesta o cansa de leer en un foro.
Es como si estuvieras tomando cañas y hablando de un tema y alguno dijera que como no le interesa los demás se callen.
Es fácil si a alguien no le apetece leer el hilo, que no lo lea pero es un foro para intercambiar opiniones y si de un hilo se termina hablando de otro tema pues es lo que es...
Últimamente parece que todo el mundo quiere las cosas pulidas y masticadas... y bufff no me hagan pensar que eso es cansado...
 
Nunca he entendido la gente que se molesta o cansa de leer en un foro.
Es como si estuvieras tomando cañas y hablando de un tema y alguno dijera que como no le interesa los demás se callen.
Es fácil si a alguien no le apetece leer el hilo, que no lo lea pero es un foro para intercambiar opiniones y si de un hilo se termina hablando de otro tema pues es lo que es...
Últimamente parece que todo el mundo quiere las cosas pulidas y masticadas... y bufff no me hagan pensar que eso es cansado...

No es por no leer compañero, disfruto leyendo este foro, sobre todo cuando escribe gente como tu de la que se puede aprender.

Pero un Off topic de más de 40 post creo que es una falta de respeto al compañero que inició el tema preguntando algo y en el que la gente terminó hablando de otras cosas totalmente distintas...
 
No es por no leer compañero, disfruto leyendo este foro, sobre todo cuando escribe gente como tu de la que se puede aprender.

Pero un Off topic de más de 40 post creo que es una falta de respeto al compañero que inició el tema preguntando algo y en el que la gente terminó hablando de otras cosas totalmente distintas...
Lo digo como generalización, no hay acritud alguna, pero es cierto que últimamente ya han surgido más de un post que se acaba de la misma manera, y la verdad, para mi un foro es algo dinámico donde se intercambia información y se dialoga... siempre me ha parecido curioso eso de los off topic... no estamos presentando una tesis jajja simplemente hablando como lo haríamos en un bar o en otro lado...
O será que soy un romántico jeje y vei el foro como un foro y no una colección de respuestas directas..
Pero lo dicho cada uno con su opinión, sin acritud
Birras
 
Pues oye, yo acabo de tirar de google preguntando "jurisprudencia vicios ocultos vehículo", y no encuentro nada que justifique esa supuesta disponibilidad.

He encontrado por ejemplo esto: https://www.iberley.es/extracto/sentencias/47975233?term=Vicios+ocultos

Donde se basa la cosa en el hecho de que los defectos se aprecian al día siguiente de la compra (esto es, no puede haber dudas de que estaban...) y aún así se falla a favor del demandado por que había una "triquiñuela legal" en el contrato.

O esto: https://www.iberley.es/extracto/sentencias/47975233?term=Vicios+ocultos

Donde se establece el existir previamente... precisamente en base a que un camión había estado en el taller por lo mismo y constaba advertencia de que "esto está mal".

Es muy citada "la Sentencia de la Audiencia Provincial de Pontevedra de 11 de julio de 2007, en la que la alteración del odómetro en más de 100.000 kilómetros justifica la resolución contractual". Que es justo un caso similar que me consta (y que lo mismo es justo ese caso, por que es más o menos la fecha, y mi conocido compró el coche por el norte).

Y también citan la "Sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid de 20 de diciembre de 2010", donde un vehículo presenta una clara pérdida de potencia desde el día siguiente de comprarlo.

Me he mirado por curiosidad las primeras tres páginas de buscar por jurisprudencia en iberley, y casi todas las demandas se desestiman o por que no se ve demostrado que estaban antes, o por que se concluye que no debían estar ocultos y el comprador podía haberlos observado. Las pocas que he encontrado fallando a favor del demandante siempre son o por que se dió cuenta de lo que fuera inmediatamente (y hombre, si la moto petardea al día siguiente de comprarla, está claro que el problema es previo), o por que se dieron pruebas de que era algo conocido y disimulado.

Que nadie duda de que el hecho de que el ser o no conocido un vicio previo afecte al asunto. La cuestión es ¿cómo demuestra uno que existía si no aparece casi que según te estás llevando el vehículo, o si no hay pruebas de que de hecho lo conocía el comprador?

Que oye, no se trata de que yo quiera ser más listo que tu. Si realmente tienes información de casos de esos en los que se ha ganado sin existir pruebas de conocimiento previo, tengo mucho interés en saber cómo. Tengo muchos conocidos a los que les pasan (y seguirán pasando) esas cosas, y yo mismo tengo mucho movimiento de comprar y vender motos, y si realmente existen herramientas legales que podrían usarse para esos casos me es muy de interés conocerlas.
Mira Jesus yo la verdad que alucino contigo y me quedo literalmente “muerto”, dado que se trata de un tema que puedo decir que domino de primera mano, y no porque sea mas listo que tu o que cualquiera, sino porque soy un Abogado ejerciente desde hace muchos años y me dedico a esto, que tengas la “osadia” de “intentar” entrar a rebatir una materia eminentemente jurídica y como ya dije mas veces “compleja” con un profesional del derecho ... tiene cojones la cosa. Es que ya te veo discutiéndole a un cirujano como operar a corazón abierto o a un Ingeniero como construir un puente en base a las informaciones de tus amigos o como dices ahora “conocidos” o “conozco casos”. Lo ultimo es que lo has leído en internet (gran fuente) y en base a ello das lecciones a los demás de como se interpretan una serie de normas que son difíciles de interpretar incluso para los juristas. Yo no voy a entrar en ningún debate jurídico contigo porque ya dije que este foro no era el lugar, a pesar de ello a ti no te importa e insistes citando sentencias de Audiencias Provinciales sacadas no me digas de que fuentes. Mira, solo te dire que lo primero que tienes que hacer es verificar que esas paginas en las que entras “estén homologadas por el Consejo General del Poder Judicial”, pero no pierdas el tiempo porque ya te digo yo que no lo están porque las que si lo están “no son gratis”, yo pago del orden de 2.000€ al año por la suscripción de bases de datos “homologadas” porque son una herramienta esencial para poder desempeñar mi trabajo. Por eso te indique que consultaras la pagina oficial del Tribunal Supremo que obviamente es fiable aunque sea gratuita pero solo encontrarás sentencias de este Tribunal. Por ultimo, si tus amigos tienen estos problemas lo que tienen que hacer es consultar a un profesional no “enseñar” al profesional o decirle lo que tiene que hacer. Pero oye si tu sabes mas que algunos de nosotros, los Juristas, que puede ser, pues enhorabuena, cuelga una placa en tu casa y a dar caña por los Juzgados.
 
Mira Jesus yo la verdad que alucino contigo y me quedo literalmente “muerto”, dado que se trata de un tema que puedo decir que domino de primera mano, y no porque sea mas listo que tu o que cualquiera, sino porque soy un Abogado ejerciente desde hace muchos años y me dedico a esto, que tengas la “osadia” de “intentar” entrar a rebatir una materia eminentemente jurídica y como ya dije mas veces “compleja” con un profesional del derecho ... tiene cojones la cosa. Es que ya te veo discutiéndole a un cirujano como operar a corazón abierto o a un Ingeniero como construir un puente en base a las informaciones de tus amigos o como dices ahora “conocidos” o “conozco casos”. Lo ultimo es que lo has leído en internet (gran fuente) y en base a ello das lecciones a los demás de como se interpretan una serie de normas que son difíciles de interpretar incluso para los juristas. Yo no voy a entrar en ningún debate jurídico contigo porque ya dije que este foro no era el lugar, a pesar de ello a ti no te importa e insistes citando sentencias de Audiencias Provinciales sacadas no me digas de que fuentes. Mira, solo te dire que lo primero que tienes que hacer es verificar que esas paginas en las que entras “estén homologadas por el Consejo General del Poder Judicial”, pero no pierdas el tiempo porque ya te digo yo que no lo están porque las que si lo están “no son gratis”, yo pago del orden de 2.000€ al año por la suscripción de bases de datos “homologadas” porque son una herramienta esencial para poder desempeñar mi trabajo. Por eso te indique que consultaras la pagina oficial del Tribunal Supremo que obviamente es fiable aunque sea gratuita pero solo encontrarás sentencias de este Tribunal. Por ultimo, si tus amigos tienen estos problemas lo que tienen que hacer es consultar a un profesional no “enseñar” al profesional o decirle lo que tiene que hacer. Pero oye si tu sabes mas que algunos de nosotros, los Juristas, que puede ser, pues enhorabuena, cuelga una placa en tu casa y a dar caña por los Juzgados.

Ah, vale, ya he cogido la idea.

Tu eres un pofezioná, y tienes muy claro cómo debió hacer el amigo sportster1983. Pero tu no curras gratis y no es plan de regalarnos a los demás tu sapiencia con esos ejemplos que demuestren que él, y otros como él, hicieron el canelo pagando reparaciones. Comprémonos motos usadas suponiendo que tenemos garantía, y cuando nos pase ya estaréis ahí los abogados para pasarnos la minuta.

Gracias por la info. Nos has ayudado mucho.

(PD: Tranki, que se que no es un asunto de que a ti no te sale gratis mirar jurisprudencia, si no de "no vaya a parecer que el jesus malaga tiene razón". Igual que sportster1983 yo conozco a unos pocos que cuando luego han ido a hablar realmente con profesionales como tu, los profesionales siempre habéis dicho lo mismo: "va a ser que obtener pruebas legales, de complicado a imposible" :D)

Pues eso, que cada cual tome sus decisiones. Si alguno os compráis una moto a un particular pensando que si luego tiene una avería gorda váis a poder invocar artículos del código civil, vusotros mismos. Espero que funcionen indefinidamente la mar de bien y os ahorréis el chasco.

Y plis, recordad que los foros son para debatir. Y que todas las aportaciones y puntos de vista ayudan y deberían ser de interés. Ni es una batallita a ver quién tiene más razón, ni pasa nada por que un hilo evolucione. Si alguien se aburre de leer, siempre puede irse a ver la TV.
 
A ver Jesus, de verdad, no se si es que hablo en chino o en esperanto, pero a ver si lo entiendes de una vez. Por partes: 1.- Llevo muchos mas años que tu en este foro y desde siempre, cuando ha salido un hilo con un problema jurídico e intentado aportar mi granito de arena en ese sentido intentando ayudar al compañero. De mecánica no tengo ni puta idea, como de otras muchas cosas, pero de lo que entiendo si que intento ayudar. Los “viejos” del lugar lo saben, tu quizás aun no. 2.- Intentar ayudar no es dar una conferencia, y si lo que tu pides es una opinión profesional soy lo suficientemente cauteloso para no darla “en toda su magnitud” porque para poder darla se necesita tener conocimiento pleno del problema (informacion, fechas, datos, comunicaciones, acontecimientos, documentos y en este caso la opinión somera de un Perito competente y de confianza. Si el Perito no lo ve claro, no hay caso, y si lo ve claro, se traza la estrategia a seguir. Esto ya lo he dicho es un tema de Peritos, que ha de partir de que el tuyo vea claro que el vicio ya existía a la fecha de compraventa, no hay mas que decir. 3- Yo ya he dado mi opinión en este caso, que es lo que dice el Codigo Civil en abstracto, alguien dijo que los vicios tenían que ser conocidos por el vendedor y yo simplemente informe que no es asi. 4. Ir mas allá sin muchos mas datos, créeme que seria imprudente por mi parte, y podría confundir al personal, lo que no quiero. 5- Vuelves, para variar, con el tema de tus “amigos”, “conocidos” que han ido a consultar a profesionales y les han dicho tal o pascual. Pues muy bien, desconozco esos casos, sus intringulis, y lo que hayan podido decir los compañeros de profesion, cada caso y cada problema es un mundo, igual crees que todo es igual y se resuelve igual. 6- El mejor consejo que se le puede dar a cualquiera sobre cualquier tipo de problema técnico es que consulte a un profesional (Abogado, medico, albañil, electrocista, etc) el problema en cuestion. 7.- Por supuesto que cuando cualquier profesional lleva a cabo un trabajo luego cobra sus honorarios, solo faltaba, no se a que te dedicas pero seguro que tu no trabajas gratis o si. 8.- Tranqui tu, yo doy por sentado que Jesus Malaga “siempre tiene razón”, Jesus Malaga “siempre tiene muchos amigos y siempre conoce un monton de casos”.
 
Pues a mi me está gustando cada vez más. De hecho estoy pendiente de la próxima réplica de Jesús ..Que la habrá.

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Al final lo de siempre: la compra de segunda mano a desconocidos y pese a revisión previa puede ser una lotería por eso hay que valorar la diferencia de precio con la compra nueva o segunda mano a través de profesionales o concesionarios oficiales. Por suerte y pese a las distintas desgracias que han habido y habrán normalmente los propietarios de las Harleys suelen ser bastantes cuidadosos con sus hierros.
 
Al final lo de siempre: la compra de segunda mano a desconocidos y pese a revisión previa puede ser una lotería por eso hay que valorar la diferencia de precio con la compra nueva o segunda mano a través de profesionales o concesionarios oficiales. Por suerte y pese a las distintas desgracias que han habido y habrán normalmente los propietarios de las Harleys suelen ser bastantes cuidadosos con sus hierros.
A mi me resulta curioso ese mantra de que los usuarios de harley son los más cuidadosos... pues no sé yo... pero este foro está lleno de "puse los escapes antes de salir del conce" o "le voy a meter este aceite que recomienda mi cuñado y que vale 5 euros más que el que recomienda el fabricante" o el " a mi moto solo le meto mano yo! Que herramienta necesito para sacar la trocola"... "si alteras la salida de gases con unas colas bien abiertas no hace falta remapear!" Y sobre todo pero todo... "vendo moto con 15 años y 6000km sus dos únicas revisiones hechas en concesionario"
Y aunque esto sea algo exagerado los q llevamos años en esto los hemos visto a patadas...
La mejor moto es la q este cuanto más original mejor y la que sus km estén acordes a los años y con un buen libro de mantenimiento sellado por profesionales...
Mi moto puede estar perfecta y soy yo el que hace el mantenimiento pero yo no confiaría en según que casos de los manitas de garaje... a no ser que me enseñe facturas de los consumibles y lleve un registro de los km...
En estas motos es muy facil manipular los km...
 
Añado aquello de '' la moto ha sido de un médico/ abogado/ maestro y blablabla'' que tanta confianza daban antiguamente....

Es cierto que hay muchas Harley de segundamano impolutas y muy bien tratadas.
Y tambien hay cada testarro al que su dueño ha cambiado hasta el contrapeso del cigüeñal de forma chapucil y casera ptor aquello del do it yourself again.
 
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