Matrículas laterales 2025

lewish

FH SUPPORTER
El confe de BCN acaba de publicar ésto:
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Por lo tanto, y sin ser hoy el día de los inocentes, parece que tras más de 15 años sin ser legal, algo ha cambiado en la legislación.

Indian actualmente ya tiene un modelo homologado con matrícula lateral. Ahora harley dice que también puede.

¿Será en modelos nuevos homologados por la MoCo o será una modificación posible aftermarket?

¿Alguien puede aportar algo?

Salud!
 
BOE la Orden PJC/
780/2025, que modifica varios Anexos del Reglamento General de Vehículos de la DGT, y que entra en vigor hoy.
Si bien el objetivo principal de la Orden es adecuar los límites de masas y dimensiones para vehículos industriales por cuestiones de eficiencia logística, también se introducen ciertos cambios de influencia para vehiculos de Categoria L y afines, algunos de ellos a petición de ANESDOR, que resumimos a continuación:
- Placa de matricula descentrada: se elimina la obligatoriedad de instalar las placas de matricula centradas en el eje del vehículo, algo que era contrario a la homologación europea y presentaba diversas incidencias tanto con motocicletas nuevas como con instalación de portaplacas laterales aftermarket.
 
A mí me gustaría que en Europa o España al menos fuera legal llevar los catadióptricos laterales en rojo, como en algunos estados de USA, o que la posibilidad de usar intermitentes como luces de posición fuera retroactiva también al estilo US-Spec, ahora se permite si el fabricante lo hace pero no se puede modificar en unidades anteriores al cambio de norma.

Ésto de las placas laterales lo veo bien para los raros casos donde una placa lateral quede bien, que son pocos... y que por lo menos es retroactivo, que faltaría más.
 
A mí me gustaría que en Europa o España al menos fuera legal llevar los catadióptricos laterales en rojo, como en algunos estados de USA, o que la posibilidad de usar intermitentes como luces de posición fuera retroactiva también al estilo US-Spec, ahora se permite si el fabricante lo hace pero no se puede modificar en unidades anteriores al cambio de norma.

Ésto de las placas laterales lo veo bien para los raros casos donde una placa lateral quede bien, que son pocos... y que por lo menos es retroactivo, que faltaría más.
Si se pudieran poner en vertical por lo menos...

O una pequeñita.

Es mucho pedir que te giren 90° la foto para leer la matricula
 
BOE la Orden PJC/
780/2025, que modifica varios Anexos del Reglamento General de Vehículos de la DGT, y que entra en vigor hoy.
Si bien el objetivo principal de la Orden es adecuar los límites de masas y dimensiones para vehículos industriales por cuestiones de eficiencia logística, también se introducen ciertos cambios de influencia para vehiculos de Categoria L y afines, algunos de ellos a petición de ANESDOR, que resumimos a continuación:
- Placa de matricula descentrada: se elimina la obligatoriedad de instalar las placas de matricula centradas en el eje del vehículo, algo que era contrario a la homologación europea y presentaba diversas incidencias tanto con motocicletas nuevas como con instalación de portaplacas laterales aftermarket.
He Leido el Boe que mencionas y eso no sale para nada lo unico que se menciona en cuanto a matriculas es lo siguiente:

Cuatro. En el apartado III. «Número y ubicación de las placas» del anexo XVIII, Placas de matrícula, se modifica el apartado 2 quedando redactado del siguiente modo:

«2. Los ciclomotores, motocicletas, vehículos de tres ruedas y cuatriciclos ligeros y pesados llevarán una sola placa en la parte posterior, colocada en posición vertical o casi vertical. Los cuatriciclos ligeros y pesados podrán, además, llevar opcionalmente placa de matrícula delantera, que será de las mismas características que la placa de matrícula trasera.»

Es correcto el numero del BOE que has proporcionado?
 
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