la primera comunión (sin acritud) es inconstitucional

l2eses

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Hola motards

He recogido hoy mi Dyna del taller de HD "madrid capital" tras pasar la 1ª revisión y
me han calzado 233,83.-€. Qué ostia !
He mirado en el foro y he comprobado que en otros confes es mucho, pero mucho, más barato (que recuerde en Lleida 160.-€...) y esto atenta contra el principio de igualdad consagrado en nuestra Carta Magna. Joder ! Cuál es la causa de la in-diferencia ? En Madrid se supone que hay más talleres que en Lleida y a pesar de ello en Ilerda es más barato (en mi ignorancia, pregunto, ¿ nuestras motos pueden visitar -para hacer las revisiones durante dos años- un taller no oficial sin perder la garantía cual sucede con los coches ?).
Hay que pasar por el aro y que nos pasen (den) por el mismo.
Ya sé que sucede y mal de muchos... consuelo de...motards (entre otros).
Todo esto es una pataleta ya que he recibido una primera (y segunda, tercera...) comunión dolorosa en bmw, ducati, honda (un poco menos), etc.
Ráfagasssssss
 
Hola 12 Eses.

Te pongo un resumen del Reglamento CE nº 1400/2002.

La Comisión Europea, a fecha de 31 de Julio de 2002, publicó el Reglamento 1400/2002. Uno de los objetivos de dicho reglamento es impedir el monopolio de los concesionarios oficiales
en lo referente a las revisiones de los vehículos dentro del periodo de garantía oficial del fabricante.

Con el fin de asegurar la libre competencia dentro del sector de la reparación, mantenimiento y suministro de piezas de recambio para automóviles,
el Reglamento 1400/2002 establece que el consumidor es libre de acudir a cualquier taller, ya sea oficial o independiente, para realizar las revisiones oportunas en su vehículo.

El usuario no perderá la garantía oficial del fabricante por no pasar las revisiones en un taller oficial de la marca.
No obstante, sí será motivo de pérdida de garantía oficial del fabricante la realización de una reparación defectuosa, por parte de un taller independiente.

En lo concerniente a los recambios, el consumidor podrá emplear cualquier recambio en sus revisiones siempre y cuando respete las exigencias establecidas por el fabricante,
pero éste no podrá exigir la utilización de un recambio de una marca determinada como requisito para conservar la garantía oficial del vehículo.


Y aquí tienes el Enlace de dicho Reglamento:
http://www.consumo-inc.es/Informes/docs/reglmotor.pdf


Birras Frescas. :complice:
Debellator.
 
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