rcacho
Well-Known Member
Me autocito para hacer una corrección, la matrícula lateral seguirá sin ser viable. El texto de la reforma quita el párrafoEsta:
https://industria.gob.es/es-es/participacion_publica/Paginas/DetalleParticipacionPublica.aspx?k=505
Abre, entre otras cosas, la puerta a la matrícula lateral, cambio de manillar sin necesidad de homologar, iluminación LED (salvo en luces de cruce y carretera), estriberas, modificaciones en subchasis...
Las modificaciones para motos están recogidas en la Sección II (son vehículos de categoría L3e)
Un saludo.
Asimismo, las placas de matrícula trasera deben ir centradas, no se autorizará un emplazamiento de la placa de matrícula
trasera distinto al indicado en el Reglamento General de Vehículos y lo sustituye por Asimismo, el emplazamiento de la placa de matrícula trasera se deberá ajustar a lo indicado en el Reglamento General de Vehículos.
Pero en el Reglamento General de Vehículos dice que Los ciclomotores, motocicletas y vehículos de tres ruedas (incluyendo cuatriciclos) llevarán una sola placa en la parte posterior, colocada en posición vertical o casi vertical, en el plano longitudinal mediano del vehículo y en el centro y por encima del guardabarros posterior en el caso de las motocicletas que no llevan sidecar, y entre ambas ruedas posteriores y, lo más alta posible, si lo llevan.
Así que, de momento, no hay posibilidad de homologar matrícula lateral.
Un saludo.