bloqueo e ITV

estos son los de la clase M, pero mi sporty no tiene ni cuatro ruedas ni pesa una tonelada jeje
. Categoría M : Vehículos a motor destinados al transporte de personas y que tengan por lo menos cuatro ruedas , o tres ruedas y un peso máximo superior a 1 tonelada .
- Categoría M1 : Vehículos destinados al transporte de personas que tengan , además del asiento del conductor , ocho plazas sentadas como máximo .
 
Quizá porque esa tipificacación corresponde a la legislación europea.

Directiva 2001/116/CE de la Comisión de 20 de diciembre de 2001 por la que se adapta al progreso técnico la Directiva 70/156/CEE del Consejo relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros sobre la homologación de vehículos de motor y de sus remolques.

Anexo II, A) Definición de categorías de vehículo.-

Categoría M: Vehículos de motor con al menos cuatro ruedas diseñados y fabricados para el transporte de pasajeros.

Categoría M1: Vehículos de ocho plazas como máximo (excluida la del conductor) diseñados y fabricados para el transporte de pasajeros.

Epígrafe 5
 
Es que lo que ha copiado y pegado jpcharley está en el apartado de coches. Mirad lo que dice de las motos y no os lieis:

MANUAL DE PROCEDIMIENTO DE INSPECCIÓN DE LAS ESTACIONES I.T.V.
II.- INSPECCIONES DE VEHÍCULOS DE DOS, TRES RUEDAS, CUADRICICLOS Y QUADS
3.- Acondicionamiento Interior
3.5.- Antirrobo y alarma

a.- ESPECIFICACIONES GENERALES
Los vehículos deberán estar provistos de un dispositivo contra la utilización no autorizada que permita poner fuera de servicio o bloquear un órgano esencial del vehículo a partir del momento en que este quede estacionado. Además, podrán estar provistos de un sistema de alarma independiente o no de dicho dispositivo que en caso de existir deberá cumplir con la
reglamentación. En particular, la existencia de este dispositivo para los ciclomotores es opcional.

b.- MÉTODO
Mediante inspección visual se comprobará, en su caso:
- Que el vehículo dispone de dispositivo antirrobo.
- Que entra en acción al estacionar el vehículo.

c.- REGLAMENTACIÓN DE REFERENCIA
General: Reglamento General de Vehículos, Art. 11.15.
Particular: Directiva 93/33/CEE.
Reglamento CEPE/ONU 18 R.
Reglamento CEPE/ONU 62 R.

d.- INTERPRETACIÓN DE DEFECTOS
Calificación
DL DG DMG
1.- En su caso, el vehículo no dispone de dispositivo antirrobo DL
2.- En su caso, el dispositivo antirrobo no realiza su función DL
3.- Bloqueo no intencionado del vehículo DG

Por tanto, el no llevarlo o que no funcione es DEFECTO LEVE, no grave, como había dicho yo antes, porque hay una revisión posterior del Manual de Procedimiento.

Por tanto, puedes ir a la ITV y si te sacan este fallo, luego lo arreglas.
 
Pues seguro que tienes razón Javieret y lo he mirado mal, es que de frenos patino algo y me he pasado un poco de las instrucciones generales, mis disculpas por el patinazo. Pero sigo pensando que no te pueden exigir un bloqueo de la dirección a una moto, (sí que funcione si lo llevas) sobre todo si es "un dispositivo que debe entrar en funcionamiento al estacionar el vehículo", tal vez sea suficiente con la inmovilización electrónica ya que deja fuera de servicio o bloquea un órgano esencial del vehículo como es el encedido del motor. Y si no ¡que putada!

Igual en Industria se determinan las especificaciones mínimas exigibles a las motocicletas, de ser así habría que comprobar si para que pase por industria es necesario que lleve un bloqueo de la dirección.
 
Ten en cuenta que cuando se ha hecho la homologación de un modelo, todo esto ya se ha revisado según la normativa que exista en el momento de la homologación. Por tanto, te lo pueden exigir en una ITV porque era un requisito en ese momento. Si tu moto llevaba un bloqueo y tu se lo has quitado, te pueden exigir que lo vuelvas a colocar (falta leve).

Si no existía esta normativa en el momento de homologación, la moto no tiene porque llevarlo. Lo que ya no se es desde que año se viene exigiendo esto. Igual colocando un soporte y un candado en la moto valdría como sistema de bloqueo, eso tampoco lo se.

En mi moto, por ejemplo, no tengo obligación de llevar intermitentes y de hecho no los llevo porque no era obligatorio, solo opcional, en el momento de su matriculación y paso la ITV sin ellos y sin problemas (bueno, alguna vez le tengo que recordar al mecánico que repase un poco la normativa jeje).

Sólo te he corregido porque había visto que te habias liado un poquillo con el manual. No pasa nada. Un saludo.
 
Hola gracias de nuevo, la verdad q es mas logico q sea un defecto leve q uno grave, yo creo q la llevare asi a ver si cuela y si no pues ya veremos q se hace para arreglarlo, es q esto de las iTv es un mundo jejej el otro dia tb lei, no se si aqui, q la cinta anticalorica tb estaba puesto como q te dejaban sin pasar la iTV, a ver q coño tiene q ver la cinta pero enfin......................
 
Yo doy fé de que si pasa. A un colega mio le tocaron los huevos todo lo que quisieron por culpa del bloqueo de la dirección. Lo más bonito es que la moto era una KTM 250 six days de enduro... y no traía de serie el bloqueo !! Los de la itv erre que erre que no podia ser y que asi no podia pasarla... bueno de coña. Media hora despues consiguió convencerlos de que la moto venía sin el y lo jodieron por las ruedas... Ja !! Birrassss.
 
Pues ser es obligatorio, tanto para coches como para motos,la ley obliga a tener un sistema de inmovilizacion antirrobo... en el coche es el bloqueo del volante que te lo suelen mirar al igual que en la moto...

esto es como todo... segun itv y segun operario

Vss

Pues tiene guasa, porque hay coches que no tienen bloqueo de dirección. El Smart Roadster, por ejemplo.
 
Yo doy fé de que si pasa. A un colega mio le tocaron los huevos todo lo que quisieron por culpa del bloqueo de la dirección. Lo más bonito es que la moto era una KTM 250 six days de enduro... y no traía de serie el bloqueo !! Los de la itv erre que erre que no podia ser y que asi no podia pasarla... bueno de coña. Media hora despues consiguió convencerlos de que la moto venía sin el y lo jodieron por las ruedas... Ja !! Birrassss.

mira te dire que donde primero lei algo de eso del bloqueo fue en una pagina de motos de enduro, la peña se quejaba de lo pesados que son con este tipo de motos a la hora de la inspeccion, por lo visto les meten caña y de la buena hasta por las pegatinas jejeje
 
Con esto de las ITVs cada vez me convezco mas de que estamos en un pais lleno de mentecatos y tontainas del culo...
 
Con esto de las ITVs cada vez me convezco mas de que estamos en un pais lleno de mentecatos y tontainas del culo...

Van a por la pasta, pero sólo quiern la pasta fácil y rápida, me las veo y deseo para matricular un vespino de hace casi 30 años que he arreglado, en la ITV me dicen que no se puede matricular, en la dirección provincial de tráfico me dicen que se matricula sin problemas (hacen cientos al año) pero primero tienen que hacerme una nueva tarjeta de inspección técnica en la ITV, pero eso exige más esfuerzo y tiempo que la rentable rutina diária y casi les tienes que apuntar a la sien. Veremos cómo acaba.
 
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