Limitar sólo en papeles?

chevycolles

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Buenas a tod@s, el viernes aprobé el A2 y estoy cogiendo la moto, que llevaba desde julio en el garaje.

La he llevado a que me revisaran la carburación, ya que tironea un poco y prefiero que le echen un ojo, la sorpresa viene cuando el mecánico me dice que la moto seguramente no esté limitada, ya que en papeles pone que tiene 25cv de serie, y que eso es prácticamente imposible; la moto es una 883R del 2006.

Me ha comentado que limitarla son unos 500 papeles, entre comprar la famosa mariposa, el informe técnico de su puta madre, y luego a pasar la ITV y tal, y he aquí donde viene la eterna duda: ¿dejarla limitada sólo en papeles, o gastarse 500 ñapos para que encima corra menos?

Por lo que me ha comentado, aquí en Zaragoza hay banco de potencia, pero qué cantidad de gente lleva la moto limitada sólo en papeles y nunca ha tenido ni un problema ni medio?

Alguno me podéis comentar si habéis tenido problemas alguna vez con una moto limitada sólo en papeles? Por lo visto si tienes una toña y el seguro lo mira, es un marrón de cuidado...


Birras!
 
Vaya, por por casualidad también acaba de surgir este tema en el foro Triumph, así que, si no es inconveniente, copio y pego aquí lo que he dicho alli:
Los seguros de los vehículos se hacen en función de ciertas características técnicas, entre ellas (y de las mas importantes) la potencia. Si una moto tiene una potencia diferente a la indicada en la ficha técnica, sencillamente es como si NO estuviese asegurada. Con todo lo que eso puede acarrear en caso de accidente.
Habitualmente, cuando la cosa no pasa de un golpe con pocos daños, las aseguradoras no comprueban la potencia, pero si hay víctimas o algún tipo de sospecha sobre la potencia real de la moto, sí que lo hacen....y el tema te puede complicar mucho la vida
Además, si tu tienes el carné A2, estarías conduciendo un vehículo para el que no tienes autorización.

Luego, allá cada uno con sus cadaunadas

En cuanto a tu moto, si se limitó en 2006 y está realmente limitada, tendría 25 kW, es decir, unos 35 CV (33,5 exactamente). Si en la documentación indica esa potencia, ya la tienes limitada "en papeles", aunque con la limitación anterior a 2009. Si quieres dejarla "legal" solo tienes que instalar el limitador físico.
 
Pregunta en otro taller.
Me das alguna pista más? No conozco a nadie que haya tenido ningún problema con Javi, era jefe de taller de Harley y todo el mundo lleva las motos a Motos Europa. No dudo de él, si no de mi decisión de limitar o no.

En cuanto a tu moto, si se limitó en 2006 y está realmente limitada, tendría 25 kW, es decir, unos 35 CV (33,5 exactamente). Si en la documentación indica esa potencia, ya la tienes limitada "en papeles", aunque con la limitación anterior a 2009. Si quieres dejarla "legal" solo tienes que instalar el limitador físico.
Pues muy listo tú y muy tonto yo por no saber leer, tienes toda la razón, en los papeles pone 25kW, no 25CV, así que limitada en papeles está, el problema es que no sale en el apartado de comentarios, si no que aparece como si de serie tuviera esos 25kW.
 
Pues muy listo tú y muy tonto yo por no saber leer, tienes toda la razón, en los papeles pone 25kW, no 25CV, así que limitada en papeles está, el problema es que no sale en el apartado de comentarios, si no que aparece como si de serie tuviera esos 25kW.

Esos errores no son inéditos. Lo que pasa es que crean un vacío legal. En teoría eso implica que tienes capacidad legal de conducir tu moto. En la práctica normalmente no podrás hacer un seguro válido, y podrías tener problemas en una eventual inspección por un accidente o cosas asi. El hecho de que una ficha técnica tenga errores no se supone que te de el derecho legal a hacer como si no lo fueran.

Y desde luego no es legalmente equivalente a "estar limitada". La limitación es un elemento añadido a la homologación original, y eso que comenta guinnes de estar "limitada en papeles" no es correcto. Limitada en papeles es cuando le instalas y legalizas un kit, y luego le sacas el kit sin quitarlo de la ficha.

En cualquier caso estás exactamente en la misma posición en la que estarías si no hubiera ese error en la ficha. Si quieres conducirla legalmente tienes que limitarla, y para el caso lo mismo te da lo que diga la ficha original - el proceso consistIrá igualmente en instalar un kit homologado para tu modelo, y registrar el cambio en la ITV, y te costará lo mismo y tendrá las mismas circunstancias que si en la ficha dijera la potencia correcta.

Y obviamente la finalidad es que corra menos - se supone que al ser novato no puedes conducir una moto con la potencia que esa moto tiene realmente.
 
Y desde luego no es legalmente equivalente a "estar limitada". La limitación es un elemento añadido a la homologación original, y eso que comenta guinnes de estar "limitada en papeles" no es correcto. Limitada en papeles es cuando le instalas y legalizas un kit, y luego le sacas el kit sin quitarlo de la ficha.

No había caído yo en eso: pensaba que tenía la ficha técnica ya reformada de la moto, en la que viene la potencia original y la posterior a la instalación del kit de limitación.
Si viene indicada una única potencia como original, en este caso 25 kW, se entiende que esa es la ficha técnica original y, por lo lo tanto, se considera una moto apta para el A2, pero que no se podría deslimitar, puesto que según su ficha técnica no está limitada...
Todo esto en teoría, por que, por lo que dice chevycolles, físicamente la moto tiene una potencia superior, es decir, no tiene instalado el elemento limitador.
Muy lioso todo.
 
Yo tengo la misma moto, 883R de 2006, solo que en mi ficha tecnica pone 40 Kw.
Limitarla y pasar ITV me costo 300 €. Quitar o poner la arandela limitadora cuesta 5 min
 
No había caído yo en eso: pensaba que tenía la ficha técnica ya reformada de la moto, en la que viene la potencia original y la posterior a la instalación del kit de limitación.
Si viene indicada una única potencia como original, en este caso 25 kW, se entiende que esa es la ficha técnica original y, por lo lo tanto, se considera una moto apta para el A2, pero que no se podría deslimitar, puesto que según su ficha técnica no está limitada...
Todo esto en teoría, por que, por lo que dice chevycolles, físicamente la moto tiene una potencia superior, es decir, no tiene instalado el elemento limitador.
Muy lioso todo.

Como decía no es algo raro. Tampoco es que pase con una de cada cuatro motos, pero yo he visto 10 o 12 fichas de motos con errores en potencias, y una en medidas de neumáticos (esto por ejemplo es más jodido).

Pero es importante que eso no "redefine legalmente" la moto. Es un error de cumplimentación y la moto tiene que seguir siendo como se supone que es por su ficha de industria. Igual en un momento dado te puede servir para quitarte una multa, pero si alguien lo notara oficialmente lo más probable es que te exigieran que hagas todos los trámites para regularizarlo y que te den una nueva ficha correcta (con el tiempo y el coste que ello implica).

Si quiere tener derecho legal a conducirla, el compañero chevycolles tendrá que limitarla. Y lo pondrán en la ficha como con cualquier otra moto - probablemente ni se fijen en la cifra de potencia actual-
 
Creo recordar, si no me equivoco, que hay por aquí un hilo sobre ciertas Sportsters carburadas, que venían "limitadas" en la Ficha Técnica.
 
Sí, rezaremos para no tener ningún susto. No tenía en mi presupuesto gastarme 300/500 pavetes en bajar la potencia de la moto, la verdad.

El problema en estos casos, no es que te paren y te pidan el carnet (en todos los años que llevo montando en moto solo me han parado para pedirme la documentación una única vez, y ni siquiera me pidieron el carnet).

El problema es que haya un golpe y te haga falta tirar de seguro. Incluso aunque sea culpa del otro.
 
No eres el único que la moto viene con 25kw creo que se hacían para el mercado de Japón y la puedes llevar tranquilamente, tu has comprado una moto de 25kw por lo tanto no hay y no se puede limitar a 25kw. Dejalo correr y a disfrutar.
 
Gracias a todos!
No eres el único que la moto viene con 25kw creo que se hacían para el mercado de Japón y la puedes llevar tranquilamente, tu has comprado una moto de 25kw por lo tanto no hay y no se puede limitar a 25kw. Dejalo correr y a disfrutar.
El problema de esto es que como le de a la benemérita llevarme la moto a un banco de potencia, dará más de la que pone en papeles...
¿Has mirado si la limitación está en el recorrido del acelerador?
Pues la verdad es que no, como es mi primera harley (y mi primera moto) no tengo nada con que comparar, pero un compa que tiene otra sportster la probó y me dijo que iba igual que la suya, así que en ppio no hay limitación física.
 
Tengo oído que algunas Sportster venían con 25Kw en la ficha técnica de serie.
No veo claro eso de tener que limitarla, si según la documentación original da la potencia que puedes llevar con el A2.
Lo del banco de potencia me parece un poco rebuscado...
 
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