ANULADA MULTA PASAR SEMAFORO EN ROJO

hdsturgis

FH SUPPORTER
HECHOS: Conductor se pasa semaforo en rojo. Se le da traslad al infractor, jnto con dos fotografias realizadas cpor la camara que registro el hecho. Se le comunica sanción de 200€ y detraccion de 4 puntos. El infractor recurre, y no s le aceptan los argumentos. LLega al contencioso.
FUNDAMENTOS DE DERECHO: Estima el tribunal la “endeble prueba” que supone una sencilla fotografía obtenida por un dispositivo de captación, “no sujeto a verificación alguna”, cuando ni siquiera se acompaña la constatación de la infracción por un agente de la autoridad. Así, atendiendo “la posibilidad de manipulación y de error” de la que es consciente la Magistrada-Juez, es necesario, a su modo de ver, “eliminar toda sombra de duda ante la evidencia de que, hasta el más inteligente de los dispositivos, puede fallar, sin que la facilidad recaudatoria que tales dispositivos proporciona permita obviar las más elementales exigencias del derecho a la presunción de inocencia cuando, como ocurre en este caso, la referida foto-rojo es la única prueba acompañada”.
Resumiendo: Que no se aporta la razón por la que el Infractor rebasó el semafor. Y que el propio sistema debe de estar sujeto a las comprobaciones técnicas obligatorias, y no como dice el Consistorio que NO HACE FALTA pues es sólo un atoma de fotografia.
Para no extenderme, os dejo la direccion de enlace.
 
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