BAJA TEMPORAL.PROBLEMAS.

hdsturgis

FH SUPPORTER
Pues bien: hace unos meses, dimos de BAJA TEMPORAL la STURGIS y el VOLVO.
Los Seguros devolvieron la parte" no consumida".
Pero.... el Ayuntamiento, paso a cobro los IMPUESTOS de " circulacion".
Correo solicitando devolucion de la parte que resta de año, y correo de contestacion que transcribo:
"O artigo 96.3 do RDL 2/2004 polo que se aproba o texto refundido da Lei reguladora das Facendas Locais establece que o importe da cota do imposto ratearase en trimestres naturais nos casos de primeria adquisición, baixa definitiva ou baixa temporal por substracción ou roubo do vehículo."
Por lo que en el caso de baja temporal no tienen derecho a devolución.".
O sea: tendria que pasar la ITV, tener seguro, etc,etc.
¡¡¡ Hasta los weves de los impuedtos".
 
La banca siempre gana… es injusto, sí, pero piensa que ni a los muertos deja tranquilo hacienda, por lo que imagínate lo que les preocupa tocar los huevos por una moto.
 
Bueno no me extraña, aquí en Cataluña aunque tengas el vehículo dado de baja temporal (sin uso y por tanto sin contaminar) tienes que pagar igualmente el impuesto del CO2.
Los ladrones de guante blanco tienen la sartén por el mango (ha quedado bien la rima:rolleyes:)
 
Yo le dado de baja temporal a la vespa y no se si a sido buena idea ,aparte de cobrar 8 euros y pico, el impuesto de circulación lo he pagado igual supongo que ya estaría tramitado por fecha,el de contaminación por el momento creo que no ,pero no creo que me salve jeje.la itv la tengo para el 24.
Según tráfico un año prolograbe, si quieres continuar con la temporal
 
Efectivamente el impuesto de circulación una vez emitido ya no hay devolución posible. Lo que no entiendo es que a causa de ello tengas que pasar ITV, tener seguro, etc. (tal vez te haya entendido mal)

Cuando me mude a Panamá di todos los coches de baja temporal, y lo hice un mes de diciembre. En enero es cuando tráfico envía los datos de las matrículas a los ayuntamientos, así que si se de de baja antes de que lo envíen, no te pasan el impuesto, pero si das de baja después, aunque sea un solo día, el impuesto se cobra. Todos estos años los coches han estado sin seguro, sin pasar ITV y sin pagar un solo real por nada (hablamos de un pueblo de menos de 1000 habitantes, así que aún no están en chorradas de impuestos de emisiones y otras hierbas).

Este mes de enero, después de 8 años, he dado de alta uno de los coches y lo he transferido a un familiar. El le ha puesto un seguro, pasado la ITV, le han pasado el impuesto municipal, y el coche rodando de nuevo. Ningún problema.
 
Efectivamente el impuesto de circulación una vez emitido ya no hay devolución posible. Lo que no entiendo es que a causa de ello tengas que pasar ITV, tener seguro, etc. (tal vez te haya entendido mal)

Cuando me mude a Panamá di todos los coches de baja temporal, y lo hice un mes de diciembre. En enero es cuando tráfico envía los datos de las matrículas a los ayuntamientos, así que si se de de baja antes de que lo envíen, no te pasan el impuesto, pero si das de baja después, aunque sea un solo día, el impuesto se cobra. Todos estos años los coches han estado sin seguro, sin pasar ITV y sin pagar un solo real por nada (hablamos de un pueblo de menos de 1000 habitantes, así que aún no están en chorradas de impuestos de emisiones y otras hierbas).

Este mes de enero, después de 8 años, he dado de alta uno de los coches y lo he transferido a un familiar. El le ha puesto un seguro, pasado la ITV, le han pasado el impuesto municipal, y el coche rodando de nuevo. Ningún problema.
En el punto de la itv creo que me explique mal.
Al darle de baja temporal la itv la tenía y la tengo en esos momentos vigente hasta el 2024.aqui este punto no se si al darle de alta antes del plazo o dejar que pase el año de baja temporal tendría que pasarla la itv.
 
En el punto de la itv creo que me explique mal.
Al darle de baja temporal la itv la tenía y la tengo en esos momentos vigente hasta el 2024.aqui este punto no se si al darle de alta antes del plazo o dejar que pase el año de baja temporal tendría que pasarla la itv.
En tu caso no lo se con seguridad. Alguien me dijo una vez que si das de baja temporal tienes que pasar ITV de inmediato en cuanto vuelves a dar de alta, pero no me cuadra porque cuando das de baja temporal, Tráfico se queda con la tarjeta de circulación, pero la Ficha Técnica, que es donde se sella la ITV te la quedas tú. Cuando vuelves a dar de alta, te entregan una nueva tarjeta de circulación y la ficha técnica sigue siendo la misma, con ITV hasta 2024, por lo que entiendo que estas en regla en cuanto sales de Trafico con el alta (además de tener seguro).

De todas formas me refería a esta frase de hdsturgis,
Por lo que en el caso de baja temporal no tienen derecho a devolución.".
O sea: tendria que pasar la ITV, tener seguro, etc,etc.
¡¡¡ Hasta los weves de los impuedtos".
 
No, Trafico no se
En tu caso no lo se con seguridad. Alguien me dijo una vez que si das de baja temporal tienes que pasar ITV de inmediato en cuanto vuelves a dar de alta, pero no me cuadra porque cuando das de baja temporal, Tráfico se queda con la tarjeta de circulación, pero la Ficha Técnica, que es donde se sella la ITV te la quedas tú. Cuando vuelves a dar de alta, te entregan una nueva tarjeta de circulación y la ficha técnica sigue siendo la misma, con ITV hasta 2024, por lo que entiendo que estas en regla en cuanto sales de Trafico con el alta (además de tener seguro).

De todas formas me refería a esta frase de hdsturgis,
No, Trafico no se queda con nada.
Ni tienes que pasar ITV, ni tener seguto ni nada.
Segun me dicen en correo, el periodo es de 1 de Enero a 31 del 12 y no se proratea.
Ya pondre los correos.
 
Por cierto: Hay un art. en el C.Penal que se llama."EXACCION ILEGAL", y que viene al pelo.
Peto en esta sociedad que nos toca soportar, cada uno va a lo suyo.
Un defecto que nos cuesta dinero.
 
NO tienes que pasar ITV ni asegurar el vehículo si está de baja temporal.

Eso si, si le caduca durante ese tiempo, tendrás que volver a pasarla antes de poder reactivarla. Y tienes que tenerlo guardado en algún lugar privado, no puede estar aparcado en una vía pública.
 
NO tienes que pasar ITV ni asegurar el vehículo si está de baja temporal.

Eso si, si le caduca durante ese tiempo, tendrás que volver a pasarla antes de poder reactivarla. Y tienes que tenerlo guardado en algún lugar privado, no puede estar aparcado en una vía pública.
En mi caso parking privado
 
En mi caso me traje la moto y la tuve q matricular aquí, con lo q hubo q darle de baja en España y ya van 7 años pasando el impuesto de circulación y a cada vez otra vez toca presentar papeles en vez de soltar la pasta claro...
Son insistentes los muchachos...
 
En mi caso me traje la moto y la tuve q matricular aquí, con lo q hubo q darle de baja en España y ya van 7 años pasando el impuesto de circulación y a cada vez otra vez toca presentar papeles en vez de soltar la pasta claro...
Son insistentes los muchachos...
Pues eso es por que se la trae al pairo el listado de Tráfico y prueban suerte a ver si te la cuelan. El procedimiento es que Tráfico envía las matrículas y propietarios a cada municipio cada mes de enero y sobre ese listado emiten los recibos del impuesto.
O Tráfico te tiene aún en la lista por algún error o a tu anterior municipio se la pela ese listado.
 
Eso si, si le caduca durante ese tiempo, tendrás que volver a pasarla antes de poder reactivarla. Y tienes que tenerlo guardado en algún lugar privado, no puede estar aparcado en una vía pública.
Negativo, no es necesario pasar la ITV antes de darlo de alta de nuevo. Yo di el alta en enero, después de 8 años de baja temporal y el coche no había pasado la ITV.... la tenía caducada desde hace unos 10 años.
 
Pues bien: hace unos meses, dimos de BAJA TEMPORAL la STURGIS y el VOLVO.
Los Seguros devolvieron la parte" no consumida".
Pero.... el Ayuntamiento, paso a cobro los IMPUESTOS de " circulacion".
Correo solicitando devolucion de la parte que resta de año, y correo de contestacion que transcribo:
"O artigo 96.3 do RDL 2/2004 polo que se aproba o texto refundido da Lei reguladora das Facendas Locais establece que o importe da cota do imposto ratearase en trimestres naturais nos casos de primeria adquisición, baixa definitiva ou baixa temporal por substracción ou roubo do vehículo."
Por lo que en el caso de baja temporal no tienen derecho a devolución.".
O sea: tendria que pasar la ITV, tener seguro, etc,etc.
¡¡¡ Hasta los weves de los impuedtos".
Exacto.

Y ahora a los 6 meses tienes que demostrar que la moto está en "regla".

Creo que a los 2 requerimientos que no lo demuestres Darán de baja el vehículo
 
Si un vehículo ni circula ni esta en la calle, puede estar sin itv y sin seguro, este de baja o no. Eso si el día que se le vaya a pasar la itv deberá tener el seguro en regla y transportarlo en grúa hasta la itv.
 
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